Declarar inadmisible el recurso de reconsideración presentado por ISAIAS GUILLERMO ARRIETA contra la Resolución N° 817-2018/SBN-DGPE-SDDI, al no haber presentado nueva prueba y no acreditar la representación que ostenta para interponer recurso de reconsideración.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de los predios de 3 182,16 m² y 141,70 m², los cuales forman parte de un predio de mayor extensión ubicados en el distrito de Ricardo Palma, provincia de Huarochirí, departamento de Lima inscrito en la Partida Registral N°49042956 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima con CUS N° 124681 y CUS N° 124683 respectivamente, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 393,21 m², ubicado
en el distrito de Constitución, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, el cual forma parte de un predio de mayor extensión inscrita a favor del Estado Peruano - Municipalidad Distrital de Constitución en la Partida Registral N°11072740 del Registro de Predios de la Oficina Registral de la Merced - Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 481,89 m², ubicado en el distrito de Constitución, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, el cual forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito a favor del Estado Peruano - Municipalidad de Distrital de Constitución en la Partida Registral N°11072740 del Registro de Predios de la Oficina Registral de la Merced - Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Aprobar la INDEPENDIZACIÓN de los predios de 212,12 m² y 267,32 m² que forman parte del predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Chicla, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, inscrito a favor CENTROMIN PERU S.A. EN LIQUIDACION (actualmente bajo el ámbito de FONAFE - Estado Peruano) en la Partida Registral N° 49027117 del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral N° IX-Sede Lima, conforme la documentación técnica presentadas por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 5 309,85 m² que forma parte del predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Chicla, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, inscrito a favor CENTROMIN PERU S.A. EN LIQUIDACION (actualmente bajo el ámbito de FONAFE - Estado Peruano) en la Partida Registral N° 49027117 del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, conforme la documentación técnica presentada por el titular del proyecto.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, presentada por SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE AREQUIPA S.A. – SEDAPAR, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.