EXTINGUIR PARCIALMENTE LA AFECTACIÓN EN USO otorgada a favor del SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, respecto de 709,59 m² que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal en la partida registral N° P03243742 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, quedando subsistente en el área restante.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 178,80 m² que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado en la partida registral N° 11414014 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, con CUS N° 135764, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de venta directa presentada por DAVID JAPATA NUÑEZ Y ANA MARIA HERNANDEZ ALVARADO, representados por Marco Antonio Ventocilla Yacchi, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por NERCY LEONCIO MAQUERA TICONA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado por JUAN ALBERTO FORSYTH ALARCO contra la Resolución N° 923-2019/SBN-DGPE-SDDI, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Rectificar los errores materiales contenidos en el octavo considerando y décimo segundo considerando de la Resolución N° 1091-2019/SBN-DGPE-SDDI, los cuales quedan redactados en los siguientes términos:
Declarar INADMISIBLE la solicitud de venta directa respecto del área de 61 253,51 m2 (35.07%) de "el predio" formulado por ALBERTO GUILLERMO CILLONIZ TOLEDO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por JULISSA GRISELL CORREA RUJEL, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZARON del área de 621,33 m² que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en el distrito de Pachacamac, provincia y \departamento de Lima, inscrito a favor del Estado en la partida registral N° 11955838 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, CUS N° 138235, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.