DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del predio de 54 249.74 m2 que forma parte de un predio de mayor extensión ubicado en el distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo departamento de Moquegua inscrito a favor del Estado en la partida registral N° 05000142 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ilo con CUS N° 93482 de acuerdo a la documentación técnica que acompaña esta Resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA PREDIAL ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS del predio descrito en el artículo primero de la presente Resolución a favor de la SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE ILO para que sea destinado a la “Construcción del Cementerio General de la Pampa Inalámbrica de Ilo” caso contrario se revertirá a favor del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 69º del Reglamento de la Ley Nº 29151.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del predio de 17 520,42 m², ubicado en la Av. Paseo de la República S/N con Av. Ayacucho S/N, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, el cual forma parte de un área de mayor extensión inscrito en la Partida Registral N° 49004929 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima y con Registro CUS N° 112141, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del predio detallado en el artículo 1° de la presente resolución, a favor de la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, para la ejecución del proyecto denominado: “Proyecto Vía Expresa Sur”.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del predio de 19 125,82 m2, ubicado en la Av. Paseo de la República S/N con Av. Ayacucho S/N y Av. Vicus S/N, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, el cual forma parte de un predio de mayor extensión inscrito en la Partida Registral N° 49071835 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, con Registro CUS N° 112140, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. Aprobar TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del predio detallado en el artículo 1° de la presente resolución, a favor de la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, para la ejecución del proyecto denominado: “Proyecto Vía Expresa Sur”.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del predio de 12 677,09 m², ubicado en la Av. Paseo de la República S/N con Av. Ayacucho S/N y Av. Vicus S/N, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, el cual forma parte de un área de mayor extensión inscrito en la Partida Registral N° 49004833 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima y con Registro CUS N° 112136, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. Aprobar la Transferencia de Inmueble de Propiedad del Estado del predio independizado en el artículo 1° de la presente resolución, a favor de la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, para la ejecución del proyecto denominado: “Proyecto Vía Expresa Sur”.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del predio de 4 088,10 m2, ubicado en la Av. Paseo de la Castellana S/N con Jr. Combate de Iquique S/N, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, el cual forma parte de un predio de mayor extensión inscrito en la Partida Registral N° 49032945 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, con Registro CUS N° 112139, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del predio detallado en el artículo 1° de la presente resolución, a favor de la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, para la ejecución del proyecto denominado: “Proyecto Vía Expresa Sur”.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por LUCIANO ASUNCIÓN CANO TORRES, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE CALETA VIDAL BAJA - BELLO HORIZONTE, representada por su presidente, Manuel Enrique Umbert Luna, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la “ASOCIACIÓN ASENTAMIENTO HUMANO EL MIRADOR DEL VALLE DE ICA”, representada por su presidente José Tovar Cueto, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.