Declarar INADMISIBLE la solicitud de venta directa presentada por la Asociación de Pobladores Casa Huerta Ecológico Unión Carabayllo representada por Nicolas Ochoa Gutierrez por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transferencia predial presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA, representada por el Alcalde Mardonio Guillen Cancho, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por el Centro Poblado el Portal de Nueva Victoria”, representado por Hipólito Juan Limas Samaniego, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES, representada por la Directora General de la Oficina General de Administración y Finanzas, Albina Espinoza Ponte, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
APROBAR la DESAFECTACIÓN de dominio público a dominio privado del Estado del predio de 173,30 m2, ubicado en el Lote 1, Manzana CH, Asentamiento Humano “Pando” IX Etapa, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P01203716 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima y con Registro CUS N° 38984, para el posterior otorgamiento de cesión en uso con la finalidad de implementar talleres de capacitación cultural, social y deportivo para los adultos mayores y jóvenes de escasos recursos económicos; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 53 470,75 m², ubicada al Este del Predio Lote IV y de la Quinta Región Militar, distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto, que forma parte del área mayor inscrita a favor del Estado - Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en la Partida Registral N° 00008237 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Iquitos, correspondiente al CUS N° 42274; conforme a la documentación técnica brindada por el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO. APROBAR la TRANSFERENCIA PREDIAL INTERESTATAL A TÍTULO GRATUITO del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, para que sea destinado a la ejecución del denominado “PROYECTO INTEGRAL DE VIVIENDA MÁRTIRES DE LA DEMOCRACIA”.
APROBAR la TRANSFERENCIA PREDIAL INTERESTATAL A TÍTULO GRATUITO del área de 10 398.60 m², ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha N° 69776 que continúa en la Partida Registral N° 42817961 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima, anotado con CUS N° 98397, a favor del MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, para que sea destinado a la ejecución del “Proyecto Integral de Vivienda Las Acacias” DISPONER que el MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, tiene el plazo de dos (2) años, contados desde la notificación de la presente resolución, bajo sanción de reversión, para presentar el programa o proyecto de desarrollo o inversión con los respectivos planes y estudios técnico – legales definitivos para su ejecución y el documento expedido por el órgano competente donde se garantice el financiamiento, de conformidad con lo expuesto en el numeral 16.3) del décimo sexto considerando de la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de venta directa presentada por LUZ MARLENE FERNANDEZ MORVELI, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.