Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por, VICTORIA FLORENTINA ESPEZUA GALLEGOS por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por la Asociación de Vivienda Ciudad de la Juventud, representada por su presidente Pedro Choque Neyra, por los fundamentos expuestos en la presente resolución
"EXTINGUIR la AFECTACIÓN EN USO otorgada a favor del SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y AGUA POTABLE DE LIMA - SEDAPAL que recae sobre el área de 263,36 m² ubicado en la Mz.-K1, Lote – 1 del Asentamiento Humano Municipal III Sector Flor de Amancaes II Etapa (Comité 13) Zona A distrito Rímac, provincia y departamento de Lima inscrito a favor del Estado- Comisión de Formalización de la Propiedad Informal en la Partida Registral N° P02134004 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX-Sede Lima con registro CUS N° 30058 por los fundamentos expuestos en la presente Resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área descrita en el artículo primero de la presente Resolución, a favor del SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y AGUA POTABLE DE LIMA - SEDAPAL con la finalidad que lo destine a la ejecución del proyecto: ""Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema San Juan de Amancaes – distrito del Rímac.
"
Aceptar el DESISTIMIENTO del procedimiento de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 presentada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento representado por el Director General de la Oficina General de Administración de dicho Ministerio.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL ALGARROBAL, mediante la cual peticiona la TRANSFERENCIA PREDIAL A FAVOR DE GOBIERNOS REGIONALES Y/O GOBIERNOS LOCALES, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.