Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS COMERCIANTES SAN PEDRO, representada por su presidenta, Florentina Rosario Luján Sánchez, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ANSELMO VIDAL QUISPE SALAZAR, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de DESAFECTACIÓN ADMINISTRATIVA solicitada por el ASENTAMIENTO HUMANO JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI III ETAPA, representada por su presidente SILVINO TORRES GUEVARA, respecto del predio de 2 835,60 m2, ubicado en el Lote 1 de la Manzana 63B del Pueblo Joven José Carlos Mariategui, Etapa Tercera - Sector Vallecito Bajo, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P03201166 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima y con Registro CUS N° 35519, por los fundameentos expuestos en la presente resolución.
"Disponer la independización del área de 284,87 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Lima, inscrito en las Partidas Registrales N° 49053942 y N° 46839447 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, con registro CUS No 111179, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución. Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del predio descrito en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE, con la finalidad que se destine a la ejecución del proyecto denominado: “Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta”.
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Aceptar el desistimiento del procedimiento de venta directa del área de 426,14 m2, ubicado en el Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán Sub Lote 01 Etapa Segunda, Zona J, Núcleo de servicios 1J, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado en la Partida Registral N° P02252824 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, presentado por la ASOCIACIÓN DENOMINADA “CASA HOGAR DEL MENOR EN RIESGO EL NIÑO EMANUEL ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL”, representada por María Luisa Moreyra Cerón dada las razones expuestas en la presente resolución.
"Disponer la independización respecto del área de 416,54 m2, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral P03114327 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, con CUS N° 109999, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución. Aprobar la transferencia de Inmueble de Propiedad del Estado por Leyes Especiales, en mérito al Decreto Legislativo N° 1192 del predio descrito en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAl, para la ejecución del proyecto: “Sectorización del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la parte Alta de Chorrillos: Matriz Próceres, Distrito de Chorrillos”.
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"Disponer la independización respecto del área de 846,78 m2, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor de la Comisión de la Propiedad Informal, actual Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en la Partida Registral P03146854 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, con CUS N° 110140, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución. Aprobar la transferencia de Inmueble de Propiedad del Estado por Leyes Especiales, en mérito al Decreto Legislativo N° 1192 del predio descrito en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, para la ejecución del proyecto: “Sectorización del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la parte Alta de Chorrillos: Matriz Próceres, Distrito de Chorrillos”.
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Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por, MARIA ALICIA ARISACA QUISPE por los fundamentos expuestos en la presente resolución.