Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ANTONIO WILLY QUISPE PARVADE, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por "ASOCIACIÓN DE VIVIENDA NUEVA ESPERANZA DE PUCUSANA", respecto de "el predio", por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la MINERA CARABAYLLO S.A., representada por Samuel Meza Aguirre, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por LORENZA VICTORIA CABOS CHÁVEZ VIUDA DE PÉREZ, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por ALEJANDRINA VICTORIA TANTARAICO GÁMEZ, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por R.INDUSTRIA RUBBER PART S.A.C. representada por su gerente general Remo Yuri Rafaele Barboza, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.