Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por DOMINGA MATIAZA RAZURI CAMACHO respecto de “el predio”, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar la extinción la Afectación en uso otorgada a la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo del área de 114,71 m2 ubicado en el Pueblo Joven Nuevo Progreso Mz. H Lote 6 Grupo Residencial 6, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito en la Partida Registral N° P03102590 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, por consolidación de dominio. DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 114,71 m2, ubicado en el Pueblo Joven Nuevo Progreso Mz. H Lote 6 Grupo Residencial 6, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, el cual forma parte del predio inscrito a favor de Comisión de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI, en la partida N° P03102590 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, con CUS N° 38442, de acuerdo a la documentación técnica presentada por SEDAPAL. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área descrita en el artículo segundo de la presente Resolución a favor de SEDAPAL con la finalidad que lo destine a la ejecución del proyecto: “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado en los Sectores 311, 313, 330, 310, 312, 314, 319 y 324 – Nueva Rinconada – Distritos de San Juan de Miraflores, Villa María del Triunfo y Villa El Salvador – Etapa 1”.
Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 1 859,39 m2, que forma parte del predio de mayor extensión, ubicado en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, inscrito a favor de la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural del Ministerio de Agricultura y Pesquería en la Partida Registral N° 02190329 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral N° II – Sede Chiclayo. Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área descrito en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL, con la finalidad se ejecute el proyecto denominado: “AUTOPISTA DE SOL: (TRUJILLO – CHICLAYO – PIURA – SULLANA)”.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, presentada por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por la DIRECCIÓN REGIONAL AGRARIA DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA, representada por el Director General Néstor Mendoza Arroyo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ELIZABETH LOLA SANCHEZ MINAYA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por MANUEL IVAN MANRIQUE GALLARDO y MARITZA FLORES MONTEZA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por FANNY VANESSA NAMUCHE COLONIA, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA, representada por su Alcalde Victoria Espinoza García, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.