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Resolución N° 1085-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-07

Artículo 1º.- Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, seguido por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA L por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 1084-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-07

Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, seguido por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA L por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 1083-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-03

Declarar el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA – SEDAPAL, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 1082-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-03

Declarar el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO GRAU S.A., por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 1081-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-03

Declarar el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO GRAU S.A., por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 1080-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-03

Declarar el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 1079-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-03

Declarar el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 1078-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-03

Declarar el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO GRAU S.A., por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 1077-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-03

Declarar el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 1076-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-03

DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de 216 846,40 m², que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Chincha de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica, inscrito en la Partida Registral n.° 11044628 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chincha de la Zona Registral n.° XI – Sede Ica, anotado con CUS n.° 81486. APROBAR la TRANSFERENCIA PREDIAL ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS del predio detallado en el párrafo anterior; a favor del MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, para la ejecución del proyecto denominado “Parque Industrial de Ica”; bajo sanción de reversión a favor del Estado en caso de incumplimiento, de conformidad con lo establecido en el numeral 209.1 del artículo 209 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo n.° 008-2021-VIVIENDA. DISPONER que el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN tiene el plazo de dos (2) años, contados desde que la resolución quede firme, para presentar el asiento de inscripción registral del contrato, sustentando las exigencias previstas (condiciones, garantías y plazos necesarios para el cumplimiento de la finalidad prevista) en el artículo 210º del Reglamento, así como el expediente del proyecto de desarrollo o inversión, conforme a lo previsto en el párrafo 153.4 del artículo 153º, ambos bajo sanción de reversión a favor del Estado en caso de incumplimiento, de conformidad con el numeral 212.6 del artículo 212 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo n.° 008-2021-VIVIENDA.