"APROBAR la INDEPENDIZACIÓN del área total de 25,689.00 m2 (2.5689 ha), conformado por dos áreas sin continuidad física de 17,470.00 m2 (1.7470 ha) y 8,219.00 m2 (0.8219 ha); que forman parte de un predio de mayor extensión, ubicado en los distritos de Nuevo Chimbote y Nepeña, provincia del Santa, departamento de Ancash, inscrito a favor del PROYECTO ESPECIAL CHINECAS en la partida registral N° 07023351 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chimbote de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz y con Registros CUS N° 104587 y N° 104593, respectivamente, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVIAS NACIONAL, con la finalidad que lo destine a la ejecución del Proyecto Vial denominado: ""Red Vial N° 4: Tramo Pativilca – Santa – Trujillo y Puerto Salaverry–Empalme PN1N”.
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Disponer la independización del área 500 000.00, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, inscrito en la Partida Registral N° 11006068 del Registro de Predios de la Oficina Registral Casma y CUS N° 51756.
declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por FORTUNATO FELIZ RODRIGUEZ OBREGON por los fundamentos expuestsos en la presente resolución
declarar INADISIBLE la solicitud de venta directa presentada por AMELIA CLARIBEL RABANAL CABRERA por los fundamentos expuestos en la presente resolución
declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por YOBANI BENITO AGUILAR MAQUERA Y OTROS por los fundamentos expuestos en la presente resolución
APROBAR la INDEPENDIZACIÓN del área de de 98,371.00 m2 (9.8371 ha) que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash, inscrito a favor del PROYECTO ESPECIAL CHINECAS en la partida registral N° 02107640 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chimbote de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz y con Registro CUS N° 104571 en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales (SINABIP), según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVIAS NACIONAL, con la finalidad que lo destine a la ejecución del Proyecto Vial denominado: "Red Vial N° 4: Tramo Pativilca – Santa – Trujillo y Puerto Salaverry–Empalme PN1N”.
"Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 166,36 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Rímac, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P02072137 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX, Sede Lima, con CUS No 104973.
Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y AGUA POTABLE DE LIMA-SEDAPAL.
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Declarar improcedente la solicitud de TRANSFERENCIA PREDIAL A FAVOR DE GOBIERNOS REGIONALES Y/O LOCALES formulada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCONA, respecto de “el predio” por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área 759,10 m2, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P03182647 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX, Sede Lima, con CUS No 104970, a favor del SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y AGUA POTABLE DE LIMA-SEDAPAL.