Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES PROPIETARIOS DEL MERCADO SANTA CRUZ-MIRAFLORES, representado por su presidente, Miguel Ángel Flores Cristóbal, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por PAULO ROSAS CANO Y MAGDALENA PONCE ECHEVARRÍA, contra la resolución N° 331-2019/SBN-DGPE-SDDI del 15 de abril de 2019; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ANA LUCIA ANGELES ALBINAGORTA Y MIGUEL ORTEGA CCALLE, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transferencia predial presentada por la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, representada por el jefe de la I Macro Región Policial Piura-Tumbes, Lucas Leoncio Nuñez Córdova, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transferencia predial presentada por la UGEL ANTONIO RAIMONDI-LLAMELLIN, representada por el director del programa sectorial III, Prof. Eduardo I. Dueñas Aban, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA NUEVA JERUSALÉN DE CAMPOY representada por Vilma Koshtha Minaya Portal, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por ASOCIACIÓN CENTRO DE APOYO AL DESARROLLO COMUNAL PERÚ, representado por su presidente Julio Melquiades Alvites Paredes, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.