DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO LARAN, representada por su alcalde Alberto Magallanes Mendoza contra la Resolución N° 149-2019/SBN-DGPE-SDDI del 7 de febrero del 2019, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por GUILLERMO LUIS EHNI BELLIDO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por YOLANDA JANAMPA VALENCIA, contra la Resolución Nº 100-2019/SBN-DGPE-SDDI del 24 de enero de 2019; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES PANSUR LOS PORTALES DEL SUR. representada por Javier Valderrama Garate, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Aceptar el DESISTIMIENTO presentado por la GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA, representado por su General Regional de Educación Moquegua, Guido Alfredo Rospigliosi Galindo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por JOSÉ ADOLFO ARIAS ARAMBURÚ y MARÍA ARSENIA ULFE RUETA DE ARIAS, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACIÓN BIO HUERTO NUEVO AMANECER, representada por su presidente Sulvi Yeni Centeno Cuayla, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA MILAGRITOS, representada por su presidente Paulino Baños Ramírez contra la Resolución N° 021-2019/SBN-DGPE-SDDI, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO solicitada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.