DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES PERUVIAL S.A.C., representada por el Gerente General, José Santos Baldoceda Bustamante contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 236-2019/SBN-DGPE-SDDI del 05 de marzo de 2019, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por OTILIA CRISTINA COTRERAS HUANCA y EDGAR SALAS CALLE, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por EULOGIA LAURA MAMANI y LUIS SANTIAGO ARPASI, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por GENARA YSABEL GONZÁLES LAZARO Y MARIO GODOY CÓRDOVA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
RETIRAR del procedimiento de la 11 Subasta Pública 2019, el predio de 1 702,14 m2, ubicado en el Jirón Antonio Miroquesada N° 674-680-684-690-698 esquina con el Jr. Andahuaylas N° 804-808-830, en el distrito, provincia y departamento de Lima, de propiedad del Estado representado por la SBN, inscrito en la partida N° 46674456 de la Oficina Registra de Lima - Zona Registra! N° IX- Sede Lima, con el código único SINABIP - CUS N° 26380, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por la "ASOCIACIÓN SOCIAL LA UNIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PUEBLO TRADICIONAL DE CACAPATA”, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la oposición a la subasta pública formulada por HUGO PEDRO GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ, por los argumentos expuestos en la presente resolución.