DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado por ANA LUCIA ANGELES ALBINAGORTA Y MIGUEL ORTEGA CCALLE, contra la Resolución Nº 694-2019/SBN-DGPE-SDDI, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la "ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS MERCEDES R-1 CASTILLA" representada por su presidente y vicepresidente del consejo directivo, Ernesto Che Lopez Espinoza y Luis Miguel Piscoya Luna, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 45,61 m² que forma
parte del predio de mayor extensión ubicado en la Parcela Y (Parcela predio del Estado Parcela F - VMT Sector 1), del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado en la Partida Registra! N° P03269571 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ARENERA LA MOLINA S.A., representado por apoderado Nicolás Ramos Cornejo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES PERUVIAL S.A.C., representada por el Gerente General, José Santos Baldoceda Bustamante contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 236-2019/SBN-DGPE-SDDI del 05 de marzo de 2019, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por OTILIA CRISTINA COTRERAS HUANCA y EDGAR SALAS CALLE, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por EULOGIA LAURA MAMANI y LUIS SANTIAGO ARPASI, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por GENARA YSABEL GONZÁLES LAZARO Y MARIO GODOY CÓRDOVA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.