DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado por JAVIER ANTONIO BAZO HERRERA, contra la Resolución Nº 910-2019/SBN-DGPE-SDDI, al no haber presentado nueva prueba.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UCAYALI - CONTAMANA, representada por su Alcalde Héctor Soto García, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por el COMITÉ VECINAL LA NUEVA VILLA 7° ZONA NUEVO MILENIO debidamente representada por la presidenta Sandra Soledad Rios Garabito, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 3 200,00 m2 ubicado en la Av. Elmer Faucett S/N (altura cuadra 39), distrito y Provincia Constitucional del Callao, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional del Callao, en la Partida Registral N° 70092621 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Callao, Zona Registral Nº IX - Sede Lima, con CUS N° 138043; conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 454.03 m2 que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en el Pueblo Joven Pamplona Alta Mz. M1-5 Lote 32, Sector 2 (Área de futura expansión), Sector Virgen del Buen Paso 111/Sub-Sector Corazón de María, Sub-Parcela 2-C, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, en la Partida Registral Nº P03193587 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución
DISPONER la INDEPENDIZACION del área de 21 617,80 m2, ubicada al sur del Terminal Portuario Multipropósito Salaverry, en el distrito de Salaverry, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito a favor del Estado Peruano en la Partida Registral N° 11179088 el Registro de Predios de la Oficina Registral de Trujillo de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo, con CUS N° 129077; según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACION del área de 21 617,80 m2, ubicada al sur del Terminal Portuario Multipropósito Salaverry, en el distrito de Salaverry, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito a favor del Estado Peruano en la Partida Registral N° 11179088 el Registro de Predios de la Oficina Registral de Trujillo de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo, con CUS N° 129077; según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
EXTINGUIR PARCIALMENTE LA AFECTACION EN USO otorgada a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, respecto del área de 44.38 m2 que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en el Asentamiento Humano Nueva Luz, Mz. N Lote
1, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, en la Partida Registral Nº P02123849 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, quedando subsistente en el área restante, conforme la documentación técnica brindada por el titular del proyecto.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por INVERSIONES LAS ARENAS CORP S.A.C., representada por su gerente general Víctor Caceres Horna, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por el CENTRO POBLADO LAS FLORES DE LARÁN, representado por su presidente César Humberto Sandoval Sánchez, por los argumentos expuestos en la presente resolución.