Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por CELSO RAMOS MELO y JULIANA GUTIERREZ BRAMÓN, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACIÓN DEL CORREDOR COMERCIAL CHIRIBAYA, representada por Enrique Abelardo Supanta Todco, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por JHON XAVIER HIDALGO ZAPATA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 251.00 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión ubicado en la agrupación de familias ampliación pueblo de Pucusana, Mz. O (área reservada), distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado representado por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en la Partida Registral NºP03241630, con CUS N° 142168 conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACION de un área de 355.30 m2 que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en la Parcela A, área de Futura Expansión -Parcela A del A.H. de V.M.T. (Parcela A2) Parcela Remanente A, a la altura del P.J. José Carios Mariátegui, III Etapa Sector Vallecito Bajo, distrito de Villa Maria del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrita a favor de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en la Partida Registral N° P03270324 de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima, con CUS N° 141775 conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por NELSON WALTER SANDOVAL MENDOZA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por COMEDOR PARROQUIAL “MARÍA MISIONERA” por los fundamentos expuestos en la presente resolución.