Resolución N° 0908-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-12-30
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de LUIS MARIANO BARRIOS TRUJILLO respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 910-2020/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE toda vez que: i) se ha quedado determinado que el 22,95% de “el predio” no se encuentra inscrito a favor del Estado, esta Superintendencia no puede realizar actos de disposición sobre la referida área de conformidad con el marco legal expuesto en el quinto considerando de la presente resolución; y, ii) que el área de 165.62 m² (77,05% de “el predio”) es de titularidad del Estado, también es cierto que ésta tiene la condición de bien de dominio público desde su origen al constituir un lote de equipamiento urbano destinado a parque/jardín, sobre el cual recae un acto de administración vigente (afectación en uso a favor de la Municipalidad Distrital de Punta Negra), en el procedimiento de formalización a cargo de COFOPRI, de conformidad con los artículos 58° y 59° del Decreto Supremo N° 013-99-MTC, bien de dominio público inalienable e imprescriptible, que no puede ser objeto de acto de disposición alguno, de conformidad con lo previsto en el artículo 73° de la Constitución Política del Perú concordado con el literal a) del numeral 2.2 del artículo 2° de “el Reglamento”; razón suficiente por la cual debe declararse improcedente la solicitud de transferencia predial peticionada por “la administrada”.
Resolución N° 0907-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-12-30
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 595.96 m2 (CUS 150920) y 817.79 m2 (CUS 150923), que forman parte del predio de mayor extensión, ubicado el distrito de Juliaca, provincia de San Román y departamento de Puno, inscrito en la Partida Registral N° 11108412 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Juliaca, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Resolución N° 0906-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-12-30
PRIMERO.- Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ALBERTO GUILLERMO CILLONIZ TOLEDO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. SEGUNDO.- Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del expediente administrativo una vez consentida la presente Resolución.
Resolución N° 0905-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-12-30
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN, del área de 2 957,47 m², que forma parte del predio de mayor extensión, ubicado en el distrito y provincia de Rioja del departamento de San Martín, inscrito a favor de la Municipalidad Provincial de Rioja, en la partida registral N° 11000667, de la Oficina Registral de Moyobamba de la Zona Registral N° III - Sede Moyobamba, con CUS N° 151158, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL, con la finalidad que se destine a la ejecución de la obra vial que forma parte del Derecho de Vía de la Carretera: “Pomacochas - Tarapoto”, Tramo: Rioja - Corral Quemado del Eje Multimodal Amazonas Norte - IIRSA Norte, que a su vez, forma parte de los Tramos Viales del Eje Multimodal del Amazonas Norte del “Plan de Acción para la Integración de Infraestructura Regional Sudamericana – IIRSA”.
Resolución N° 0904-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-12-30
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento a la ASOCIACIÓN FORESTAL PROYECTO TARA LOS MINCAS, representada por su presidente Hugo Sánchez Bautista, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 101-2020/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar INADMISIBLE toda vez que ha quedado demostrado en autos que “la administrada” solo cumplió con subsanar una de las tres observaciones formuladas, correspondiendo, por tanto, ejecutar el apercibimiento contenido en “el Oficio”.
Resolución N° 0903-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-12-30
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN, del área de 59,94 m² que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en el Parque Carlos Olivares, de la Urbanización Santa Isabel Sector B en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, con Partida Registral N° 11059993 del registro de predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX – Sede Lima; con CUS N° 147661, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución y APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 a favor de SEDAPAL.
Resolución N° 0902-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-12-30
APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del predio de 644,10 m² ubicado en el lote 2 de la manzana P en el Centro Poblado de Cuenca, distrito de Cuenca, provincia y departamento de Huancavelica, inscrito a favor del Organismo Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en la Partida P11137927 del registro de predios de la Oficina Registral de Huancavelica, Zona Registral n° VIII – Sede Huancayo, con el CUS N° 151321, a favor del Ministerio De Transportes y Comunicaciones, requerido para que sea destinado al Proyecto complementario “Restituir la Transitabilidad del Ferrocarril Huancayo –Huancavelica en el Sector Cuenca”, que permitirá la implementación del Proyecto “Rehabilitación integral del Ferrocarril Huancayo Huancavelica”.
Resolución N° 0901-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-12-30
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN, del área de 10 784,37 m², que forma parte del predio de mayor extensión, ubicado al oeste del aeropuerto internacional “Coronel FAP Francisco Secada Vignetta”, Carretera Santo Tomas, pasando el Asentamiento Humano 5 de diciembre, del distrito de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, inscrito a favor del Estado – Dirección Regional Agraria de Loreto, en la partida registral N° 07003092 del Registro de Predios de la Oficina Registral Iquitos de la Zona Registral N° IV Sede Iquitos, con CUS N° 147709, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, con la finalidad que se destine a la ampliación de la infraestructura y pistas de aterrizaje del Aeropuerto de Iquitos “Coronel FAP Francisco Secada Vignetta” de la Ciudad de Iquitos.
Resolución N° 0900-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-12-30
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por BLANCA EMILIA SOLANO VARGAS y DAVID HILARIO ALARCÓN ORTEGA, por los argumentos expuestos en la presente resolución. Poner en conocimiento de la Subdirección De Supervisión, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.
Resolución N° 0899-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-12-30
Artículo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LOMAS DE SAN BARTOLO, debidamente representada por la Sra. Elizabeth Lorena Ontiveros Navarro, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Artículo 2º.- COMUNICAR a la Subdirección de Supervisión, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo 3º.- Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del expediente administrativo una vez consentida la presente Resolución.