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Resolución N° 0614-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-10-12

DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 69 776.12 m2 que forma parte del predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Salaverry, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, inscrito a favor del Proyecto Especial Chavimochic, en la Partida Registral N° 04028031 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V – Sede Trujillo; con CUS N° 144539, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.

Resolución N° 0613-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-10-09

DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 17 080,00 m² que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en el distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco, de propiedad de la Universidad Nacional San Antonio de Abad del Cusco, en la Partida Registral N° 02055620 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco, Zona Registral N° X – Sede Cusco, anotado con CUS N° 15167,conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, que sustenta la presente resolución y APROBAR, a su favor, la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192.

Resolución N° 0612-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-10-08

APROBAR la INDEPENDIZACIÓN Y TRANSFERENCIA de dominio a favor de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial Sociedad Anónima – CORPAC S.A., del área de 20 153,01 m² (2,0153 ha), ubicado en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, que forma parte de la propiedad inscrita a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en la Partida Registral Nº 11043083 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Moquegua, con CUS MATRIZ N° 144365, con la finalidad de ejecutar el proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN DE TORRE DE CONTROL AEROPORTUARIA E INFRAESTRUCTURA DE SERVICIO DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS (SEI)”, bajo sanción de reversión en caso de incumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 69° del Reglamento de la Ley N° 29151 y sus modificatorias. DISPONER que la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial Sociedad Anónima – CORPAC S.A., tiene el plazo de dos (02) años, contados desde la notificación de la resolución, bajo sanción de reversión, para presentar el programa o proyecto de desarrollo o inversión con los respectivos planes y estudios técnico – legales para su ejecución y el documento expedido por el órgano competente donde se garantice el financiamiento, de conformidad con el numeral 7.5) de la Directiva N° 005-2013/SBN y sus modificatorias. DISPONER que la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial Sociedad Anónima – CORPAC S.A., tiene el plazo máximo de dos (02) años, contados desde la notificación de la resolución, bajo sanción de reversión, para gestionar y obtener ante el Gobierno Local respectivo el cambio de zonificación que sea compatible con el proyecto a ejecutar, de conformidad con el numeral 7.3) de la Directiva N° 005-2013/SBN y sus modificatorias.

Resolución N° 0611-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-10-08

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por JAGFERCO INGENIEROS S.R.L. representada por Jaqueline Jocelyn Chinga García, por haber quedado determinado que la solicitud de venta directa de “la administrada” no cumple con los requisitos para proceder a una venta directa por la causal d) del artículo 77° de “el Reglamento”; en la medida que no cumple con el ejercicio de la posesión consolidada con una antigüedad mayor a cinco (05) años cumplidos al 25 de noviembre de 2010 y “el predio” no se encuentra delimitado en su totalidad por obra civil de carácter permanente que restrinja el acceso de manera efectiva a terceros.

Resolución N° 0610-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-10-07

DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado por la ASOCIACIÓN CORPORACIÓN DE EMPRESAS ECOLÓGICAS DEL PERÚ, contra la Resolución Nº 303-2020/SBN-DGPE-SDDI, al no haber presentado nueva prueba que modifique o revoque lo resuelto en “La Resolución”

Resolución N° 0609-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-10-02

Se resuelve Aceptar el DESISTIMIENTO presentado por el GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA, mediante Oficio N° 843-2020-GRM/GR, presentado el 30 de setiembre del 2020 (S.I. N° 15790-2020).

Resolución N° 0608-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-10-02

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CABANA, representada por su Alcalde Lic. Guzmán Chava Cupe, en la medida que, de acuerdo a lo determinado en el informe preliminar “el predio” no se encuentra inscrito a favor del Estado representado por esta Superintendencia; asimismo, se encuentra afectado en uso a favor de “la Municipalidad” ostentando la condición de dominio público, debido a que constituye área de equipamiento urbano destinado al desarrollo especifico de sus funciones como uso de deportes, razones por las que no puede ser objeto de acto de disposición alguno, por parte de esta Superintendencia.

Resolución N° 0607-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-10-02

DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 98.18 m2 que forma parte de un área de mayor extensión, ubicado en el Pueblo Joven Pamplona Alta sector 2, Sub Parcela 2-C Sector Los Ángeles del distrito de San Juan de Miraflores / Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor de Cofopri, en la Partida Registral N° P03070956 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima; con CUS N° 145331, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.

Resolución N° 0606-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-10-01

Aprobar la DESAFECTACIÓN ADMINISTRATIVA de dominio público a dominio privado del Estado del predio 70,00 m², ubicado en el lote 04 de la manzana K del Pueblo Joven 28 de Julio, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en la Partida Registral N° P02151548 del Registro de Predios de Lima – Zona Registral N° IX – Sede Lima, anotado con CUS N° 32951 y su inscripción en el Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima.

Resolución N° 0605-2020/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2020-09-30

Declarar INADMISIBLE la solicitud de venta directa presentada por MARISOL TERESA TORRES FELIPE, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.