BUSCAR DOCUMENTOS
Resolución N° 0793-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-09-13

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por ASOCIACIÓN ASENTAMIENTO HUMANO RENACER DE NUEVA ESPERANZA, por los argumentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 0792-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-09-10

CORRESPONDE DISPONER LA INDEPENDIZACIÓN, del área de 80.07 m2 y 6,145.64 m2, que forman parte de la propiedad de mayor extensión, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrita en la Partida N° 49071493 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX, con CUS N° 157008 y 156884, respectivamente. CORRESPONDE APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, de las áreas descritas en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - MTC, para que sea destinado al Proyecto denominado: “Anillo Vial Periférico de la ciudad de Lima y Callao”.

Resolución N° 0791-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-09-10

- DISPONER la INDEPENDIZACIÓN Y APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 a favor de la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA – SEDAPAL, requerida para la construcción de la estructura sanitaria denominada pozo de bombeo proyectado/Área 02, del Proyecto “Creación de Fuente de Agua por Galerías Filtrantes Valle Río Rímac, distrito de Chaclacayo, provincia de Lima, departamento de Lima”, respecto del área de 144,06 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicada en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, en la Partida Registral N° 42820814 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, con CUS N° 154164, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.

Resolución N° 0790-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-09-10

SE RESUELVE: PRIMERO: DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado por BALDOMERO MELAGAR EDUARDO, contra el acto administrativo contenido en la Resolución 0589-2021/SBN-DGPE-SDDI del 09 de julio de 2021, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. SEGUNDO: Disponer, una vez consentida la presente resolución, el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente administrativo.

Resolución N° 0789-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-09-10

Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LOS ANGELITOS DE ZONA C DE HUAYCÁN, representada por Abilio Gálvez Ayala, por los fundamentos expuestos en la presente resolución

Resolución N° 0788-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-09-10

Artículo 1º.- Declarar INPROCEDENTE la solicitud de transferencia interestatal presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAHUAMANU, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Artículo 2º.- COMUNICAR a la Procuraduría Pública, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo 2º.- Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente que sustenta el presente procedimiento administrativo, una vez consentida la presente resolución. Regístrese, y comuníquese.

Resolución N° 0787-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-09-10

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud formulada por FÉLIX HUAMANI GUZMÁN, FRANCISCO YORLLINI PÉREZ CRISPÍN Y LUISA NEYDA ARROYO CRUZADO, por los argumentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 0786-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-09-10

La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARO debidamente representada por su alcalde Bernardino Cutire Mamani, respecto a su solicitud de TRANSFERENCIA PREDIAL A FAVOR DE GOBIERNOS REGIONALES Y/O LOCALES contenida en el Expediente N° 956-2021/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transferencia, toda vez que si bien se ha determinado que “el predio” se encuentra inscrito a favor del Estado representado por esta Superintendencia, este tiene la condición de bien de dominio público desde su origen al constituir un lote de equipamiento urbano, sobre el cual recae un acto de administración vigente (afectación en uso a favor del Club Social Huaro), con carácter de inalienable, imprescriptible e inembargable, razón por la que no puede ser objeto de acto de disposición alguno, de conformidad con lo previsto en el artículo 73° de la Constitución Política del Perú concordado con el literal 2 del numeral 3.3 del artículo 3° de “el Reglamento”. No siendo posible por tanto su disposición a favor de “la administrada”, correspondiendo declarar improcedente la solicitud de transferencia predial.

Resolución N° 0785-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-09-10

La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento a PROSPERO JUVENAL TARAZONA JULCA, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 839-2021/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, toda vez que, ha quedado determinado que “el predio” al encontrarse inscritas a favor de la DIREFOR del Gobierno Regional de Lima y la Compañía Lotizadora Chacarilla S.A. respectivamente, esta Superintendencia no cuenta con competencias para evaluar o aprobar actos de disposición sobre estas.

Resolución N° 0784-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-09-10

SE RESUELVE: PRIMERO.- Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por MANOLO EDUARDO DOMINGUEZ SUAREZ, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución. SEGUNDO.- Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del expediente administrativo, una vez consentida la presente Resolución.