Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por VICTOR RAUL ALCEDO ALVA, PABLO SABINO JULCA LOYOLA, LUIS E. LAVADO MALLQUI, contra la Resolución N° 234-2014/SBN-DGPE-SDAPE del 05 de mayo de 2014, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal -SDAPE, por las consideraciones expuesta en la presente resolución, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA VILLAVERDE HIJOS DE SAN JUAN DE MARCONA, contra lo dispuesto en la Resolución N° 581-2018/SBN-DGPE-SDDI de fecha 23 de agosto de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por MIGUEL ANGEL MAZA MURILLO, contra la Resolución N° 439-2018/SBN-DGPE-SDDI del 16 de julio de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por SANDRA PAOLA FIESTAS ZEGARRA, contra la Resolución N° 447-2018/SBN-DGPE-SDDI del 20 de julio de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA contra lo dispuesto en la Resolución N° 495-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 16 de julio de 2018, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por TRANSPORTES ATLANTIC INTERNACIONAL BUSINESS S.A.C. contra lo dispuesto en la Resolución N° 472-2018/SBN-DGPE-SDDI de fecha 25 de julio de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA contra lo dispuesto en la Resolución N° 498-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 16 de julio de 2018, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar improcedente el recurso de apelación interpuesto por MARIA AUREOLA SILVA POLO, contra la Resolución N° 420-2018/SBN-DGPE-SDDI del 09 de julio de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Lilia Jeanne Pauca Vela, representante de MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA, contra la Resolución N° 499-2018/SBN-DGPE-SDAPE del 17 de julio de 2018, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal - SDAPE, por las consideraciones expuesta en la presente resolución, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por el ACCIÓN CATÓLICA PERUANA contra lo dispuesto en la Resolución N° 440-2018/SBN-DGPE-SDAPE emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, y dar por agotada la vía administrativa.