Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la ASOCIACIÓN DE MEDIANOS Y MICROEMPRESARIOS SOL PERÚ, representada por su presidente SAÚL EMILIANO BERROCAL CASTILLO, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 2927-2018/SBN-DGPE-SDDI del 25 de octubre de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la ASOCIACIÓN DE MEDIANOS Y MICROEMPRESARIOS SOL PERÚ, representada por su presidente SAÚL EMILIANO BERROCAL CASTILLO, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 2928-2018/SBN-DGPE-SDDI del 25 de octubre de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la ASOCIACIÓN DE MEDIANOS Y MICROEMPRESARIOS SOL PERÚ, representada por su presidente SAÚL EMILIANO BERROCAL CASTILLO, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 2929-2018/SBN-DGPE-SDDI del 25 de octubre de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la ASOCIACIÓN DE MEDIANOS Y MICROEMPRESARIOS SOL PERÚ, representada por su presidente SAÚL EMILIANO BERROCAL CASTILLO, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 2925-2018/SBN-DGPE-SDDI del 25 de octubre de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar improcedente el recurso de apelación interpuesto por ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS URBANIZACIÓN COUNTRY CLUB BALNEARIO DE SANTA ROSA I representada por su presidente Eduardo Chavez Miranda, contra la Resolución N° 699-2018/SBN-DGPE-SDDI del 12 de setiembre de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por FELIX MATIAS ROJAS ZAVALA, contra la Resolución N° 668-2018/SBN-DGPE-SDDI del 07 de setiembre de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario - SDDI, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la ASOCIACIÓN DE MEDIANOS Y MICROEMPRESARIOS SOL PERÚ, representada por su presidente SAÚL EMILIANO BERROCAL CASTILLO, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 2931-2018/SBN-DGPE-SDDI del 25 de octubre de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la
ASOCIACIÓN DE MEDIANOS Y MICROEMPRESARIOS SOL PERÚ,
representada por SAÚL EMILIANO BERROCAL CASTILLO, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 2926-2018/SBN-DGPE-SDDI del 25 de octubre de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la ASOCIACIÓN DE MEDIANOS Y MICROEMPRESARIOS SOL PERÚ, representada por su presidente SAÚL EMILIANO BERROCAL CASTILLO, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 2930-2018/SBN-DGPE-SDDI del 25 de octubre de 2018, emitido por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por JUAN TEOBALDO ROJAS ZAVALA, contra la Resolución N° 664-2018/SNB-DGPE-SDDI, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario (SDDI), dándose por agotada la vía administrativa.