Declarar INFUNDADO el pedido de nulidad presentado por DIRECCION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD RURAL, representado por su Director: Orlando Arturo Cevallos Castro, contra la Resolución Nº 422-2020/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 07 de junio de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por MINERA RC, representado por: TENG YE contra la Resolución N° 129-2020/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 11 de febrero de 2020, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar FUNDADO el pedido de nulidad presentado por FÉLIX MATÍAS ROJAS ZAVALA, BETSABE RUTH GUARDAMINO ROSAS, ROGGER BECKER ROJAS GUARDAMINO, YEYMY KATHERINE POLO LÓPEZ, MARCO ANTONIO ROJAS GUARDAMINO y JHEFERSON MATÍAS ROJAS GUARDAMINO, contra el Acto de notificación de la notificación Nº 00351-2020SBN-GG-UTD de fecha 03 de febrero de 2020.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por AA. HH. PROYECTO INTEGRAL CENTRAL UNIFICADA PERU CON FUTURO -SECTOR LAS LOMAS DE LA TABLADA, representado por su secretario general: Diego Fernández Machaca, contra lo dispuesto en la Resolución N° 041-2020/SBN-DGPE-SDDI de fecha 28 de enero de 2020, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación formulado por Christian Richard Martinez Abregu, representante del CENTRO GANADERO LAS COLINAS, contra la Resolución Nº 090-2020/SBN-DGPE-SDDI del 31 de enero de 2020, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario (SDDI), dándose por agotada la vía administrativa, por las consideraciones expuestas en la presente resolución
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de nulidad presentado por Sara Justina Díaz Vélez, presidenta de la ASOCIACIÓN CIVIL PARQUE DE LA PEQUEÑA INDUSTRIA ARTESANÍA Y SERVICIOS DE ILO, contra la Resolución N° 1330-2019/SBN-DGPE- SDAPE de fecha 26 de noviembre de 2019, por las consideraciones expresadas en la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación formulado por señor JUAN MIGUEL RAMOS CHANINI, contra la Resolución N. º 099-2020/SBN-DGPE-SDDI de fecha 14 de febrero de 2020, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario (SDDI), dándose por agotada la vía administrativa, por las consideraciones expuestas en la presente resolución
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de nulidad presentado, por Dan Víctor Ascencio Cruz, secretario de acta de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDAS WAYRA DE INDEPENDENCIA – ASVIWI, contra la Resolución Nº 509-2019/SBN-DGPE-SDAPE del 21 de junio de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dando por agotada la vía administrativa, por las consideraciones expuestas en la presente resolución
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor Javier Olivio Turpo Phuño como presidente de la Asociación de Campesinos Agricultores Agropecuarios de la Región Moquegua, conforme a las consideraciones expuestas y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación formulado por la “Asociación de Deudos Quemados y Huérfanos del incendio de la tragedia de Mesa Redonda (Víctimas del 29 de diciembre de 2001)”, representada por su presidente Rubén Serafino Pajua Huaccachi, contra la Resolución Nº 0007-2020/SBN- DGPE-SDDI de fecha 17 de enero de 2020, dándose por agotada la vía administrativa.