Declarar INFUNDADO el recurso de apelación formulado por la ASOCIACIÓN SOCIAL LA UNIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PUEBLO TRADICIONAL DE CACAPATA, representada por la presidenta Hipólita Marilúz Vilca de Bejarano, contra la Resolución Nº 1277-2019/SBN-DGPE-SDDI de fecha 30 de diciembre de 2019, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución N° 010-2020/SBN-DGPE de fecha 16 de enero de 2020, emitida por la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por RICHARD ALEXIS CANDELA GONZALES, contra la Resolución N° 1255-2019/SBN-DGPE-SDDI de fecha 27 de diciembre de 2019, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADAS las solicitudes de nulidad de oficio interpuestas por los administrados Rosa Elcira Guevara de Díaz; Segundo Alfredo Díaz Gonzáles y Guillermo Villegas Eneque, contra la Resolución Nº 611-2016/SBN-DGPE-SDDI, mediante escritos del 16 de diciembre de 2019 (S.I. Nº 40088 y 40089-2019); dejando a salvo el derecho de los Administrados, de acudir a la vía correspondiente para salvaguardar sus derechos, bajo las consideraciones antes expuestas.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por CIRILO JOSÉ AQUIJE FLORES y JOSÉ ALBERTO AQUIJE HUASASQUICHE, contra la Resolución N° 1288-2019/SBN-DGPE-SDDI de fecha 31 de diciembre de 2019, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por PROCURADURÍA PUBLICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN representado por: Rocío del Carmen Egusquiza Chil contra la Resolución N° 1407-2019/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 13 de diciembre de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación formulado por Raúl Álvarez Flores en representación de la IGLESIA EVANGÉLICA SAN FRANCISCO ZONA “O” HUAYCAN – ATE contra la resolución n. º 032-2020/SBN-DGPE-SDDI del 28 de enero de 2020 emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, bajo las consideraciones antes expuestas, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por PUEBLO JOVEN VILLA EL SALVADOR – SECTOR 02, GRUPO 15 representado por: José Luis Gutiérrez Marca (en adelante “el administrado”) contra la Resolución N° 1366-2019/SBNDGPE-SDAPE de fecha 24 de setiembre de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, dándose por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación formulado por Calixto Flores Acuña, presidente del CENTRO CULTURAL RONDOBAMBA contra la resolución n. º 1272-2019/SBN-DGPE-SDDI del 27 de diciembre de 2019, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, bajo las consideraciones antes expuestas, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar infundado el recurso de apelación presentado por Pablo Miguel Quispe Pacha, representante de la asociación civil denominada ASENTAMIENTO HUMANO MARTIRES DEL SUTEP, contra la Resolución N° 1418-2019/SBN-DGPE-SDAPE del 16 de diciembre de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, y dar por agotada la vía administrativa, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.