Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por JORGE ENRIQUE LORIS IBAÑEZ SALCEDO por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, presentada por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVÍAS NACIONAL, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, presentada por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado por la ASOCIACIÓN CENTRO RECREACIONAL TURISMO GLORIETAS II, representadas por su presidente Prudencio Acho Choquecota contra la resolución N° 195-2019/SBN-DGPE-SDDI, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada la ASOCIACIÓN AGRO INDUSTRIAL SAN CARLOS DE LA JOYA, representada por ANÍBAL ROLANDO VARGAS HERMOZA, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, representado por el director general de la oficina general de administración, Durich Whittembury Talledo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado por GILBERTO ÑAÑEZ QUICEL, contra la resolución N° 977-2018/SBN-DGPE-SDDI, al no haber presentado nueva prueba.