Declarar INADMISIBLE la solicitud de venta directa formulada por la “AGRUPACIÓN DE FAMILIAS PUERTO ESPERANZA DE PUCUSANA LIMA” representada por la presidente del consejo directivo, Jaqueline Ramírez Avilés, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por TRANSPORTE MINERO ZA S.A.C. representado por Zacarías Antonio de la Cruz Huaringa, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado por PRIMITIVA RÍOS DE LA CRUZ contra la Resolución N° 1166-2018/SBN-DGPE-SDDI del 21 de diciembre de 2018, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por SATURNINO EDUARDO GUTIÉRREZ TRUJILLO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por JANNETT MARÍA CONTRERAS MAQUERA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
APROBAR la VENTA DIRECTA del predio de 57.80 m², ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P01377763 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima Norte de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, con CUS N° 115089, a favor de la sociedad conyugal conformada por ÓSCAR HÉCTOR DEL BUSTO AGÜERO e YNÉS JUANA VELAZCO JUÁREZ.