Disponer la independización del área de 154,63 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado en la Partida Registral N° P01003076 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, con CUS N° 106778, a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – Sedapal.
"Aprobar la Independización del área 31,15 m2, que forma parte de un área de mayor extensión, ubicado en el distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado, representado por la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, en la Partida Registral N° P01003076 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, con CUS N° 107967.
Aprobar la Transferencia de Inmueble de Propiedad del Estado del predio descrito en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, para que sea destinado a la ejecución del proyecto: “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Independencia Unificada y Ermitaño distrito de Independencia”.
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Aceptar el DESISTIMIENTO presentado por la ASOCIACIÓN DE VENDEDORES DE EMOLIENTE SAN FRANCISCO DE ASÍS – LIMA CERCADO, representada por su presidente Ivan Cruz Sixto, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Aceptar el DESISTIMIENTO presentado por la empresa JINZHAO MINING PERU S.A. debidamente representado por su Gerente General el señor SUN FUBAO, respecto a la solicitud de VENTA DIRECTA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideración presentado por la IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS RIOS DE AGUA VIVA, representada por Evaristo Chipana Huayhuas y Dina Antonina Chipana Torres contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 132-2017/SBN-DGPE-SDDI, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
"DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 408,30 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito en la partida N° 07015036 del Registro de Predios de la Oficina Registral del Callao; conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área descrita en el artículo 1° de la presente Resolución, a favor de la AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO – AATE, con la finalidad que lo destine a la ejecución del proyecto: “Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima”.
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declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por JAVIER ANTONIO BAZO HERRERA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área 936.51 m2, ubicada en el lote “PQE 2” del Asentamiento Humano Municipal “San Genaro”, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito a favor de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI en la partida registral N° P03147359 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima con CUS N° 104628; conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución.APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área descrita en el artículo primero de la presente resolución, a favor del SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y AGUA POTABLE DE LIMA - SEDAPAL con la finalidad que lo destine a la ejecución del proyecto: “Sectorización del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Parte Alta de Chorrillos: Matriz Próceres, distrito de Chorrillos”.
"DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 330,30 m2, ubicada en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito en la partida registral N° 40457216 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima y con CUS N° 104788; conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO - AATE, con la finalidad que lo destine a la ejecución del proyecto: “Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta”.
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