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Resolución N° 574-2019/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2019-06-27
Desestimar por extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto por GREGORIO SULCA ROA, contra la Resolución N° 204-2018/SBN-DGPE-SDDI del 17 de abril de 2018, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Resolución N° 573-2019/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2019-06-27
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por la ASOCIACIÓN AMPLIACIÓN DE PARQUE INDUSTRIAL N° 01 – HUAYCÁN, representada por MILAGROS DINA SIMEÓN ESPINOZA, respecto de “el predio”, por los argumentos expuestos en la presenta resolución.
Resolución N° 572-2019/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2019-06-27
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por la ASOCIACION MINIMARKET SEÑOR DE LOS MILAGROS, representada por Carmen Rosa Gutiérrez Soto de Ayala, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Resolución N° 571-2019/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2019-06-27
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por BERNABE ACOSTO HERRERA, por los fundamentos expuestos en la presenta resolución.
Resolución N° 570-2019/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2019-06-27
Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 3 133,76 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Paucarcolla, provincia de Yauli, departamento de Junín inscrito en la partida registral N° 11001962 del Registro de Predios de Tarma con CUS N° 124217 y de las áreas de 41.56 m2 y 50.94 m2 que forman parte de un predio de mayor extensión ubicados en el distrito de Santa Rosa de Saco, provincia de Yauli, departamento de Tarma inscritos en la partida registral N° 02000228 del Registro de Predios de Tarma con CUS N° 132499 y 132500, conforme a la documentación técnica presentada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Resolución N° 569-2019/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2019-06-27
APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD del estado por leyes especiales, en mérito al decreto legislativo N° 1192, del predio de 4 900.20 m², ubicado en el distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, inscrito a favor de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo en la Partida Registral N°40001356 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Pucallpa, Zona Registra! N° VI - Sede Pucallpa, con CUS N° 58345, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, para que sea destinado a la ejecución del proyecto denominado: “AEROPUERTO CAPITÁN FAP DAVID ABENSUR RENGIFO”.
Resolución N° 568-2019/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2019-06-27
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA, presentada por EMPRESA MINERA SAN JACINTO – EMISAJ S.R.L representado por su Gerente, Eugenio R.Dulong Vega, por los fundamentos expuestos en la presenta resolución.
Resolución N° 567-2019/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2019-06-27
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 99.20 m² que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en la Cooperativa de Colonización Las Vertientes de la Tablada de Lurín LTDA N° 224, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 11079746 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, con CUS N° 131829; según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Resolución N° 566-2019/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2019-06-27
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 292.20 m² que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en la Urbanización Santa Ana, distrito Los Olivos, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 11055106 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución.
Resolución N° 565-2019/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2019-06-27
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ALFREDO PEÑALOZA CATACHURA Y MAXIMINA HERMELINDA AGUIRRE YALICO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.