Resolución N° 1063-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-02
- Declarar el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, por los fundamentos expuestos en la resolución.
Resolución N° 1062-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-02
DISPONER LA INDEPENDIZACIÓN, del área de 928.58 m2 que forma parte del predio de mayor extensión, ubicado en el distrito San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, inscrita en la Partida n° P01278584 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX – Sede Lima, con CUS N° 158910, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Resolución N° 1061-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-02
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA formulada por EVA GUTIERREZ GUTIERREZ, por los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Resolución N° 1060-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-02
PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la X MACRO REGIÓN POLICIAL DE PUNO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ – MINISTERIO DEL INTERIOR, debidamente representada por el General PNP, Marco Antonio Lara Vergara, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. SEGUNDO.- Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente administrativo luego de consentida la presente Resolución. Regístrese, y comuníquese
Resolución N° 1059-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-12-02
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS debidamente representada por su alcaldesa Rosario Ramírez Gamboa, respecto a su solicitud de TRANSFERENCIA PREDIAL A FAVOR DE GOBIERNOS REGIONALES Y/O LOCALES contenida en el Expediente N° Nº 1250-2021/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transferencia, toda vez que se ha determinado que “el predio” se encuentra inscrito a favor del Estado representado por esta Superintendencia, este tiene la condición de bien de dominio público desde su origen al constituir un lote de equipamiento urbano, sobre el cual recae un acto de administración vigente (afectación en uso a favor de EL Club de Madres Las Antillas ”Corazón de Jesús”), con carácter de inalienable, imprescriptible e inembargable, razón por la que no puede ser objeto de acto de disposición alguno, de conformidad con lo previsto en el artículo 73° de la Constitución Política del Perú concordado con el literal 2 del numeral 3.3 del artículo 3° de “el Reglamento”. No siendo posible por tanto su disposición a favor de “la administrada”.
Resolución N° 1058-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-11-26
Declarar INADMISIBLE del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE AREQUIPA - SEDAPAR, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Resolución N° 1057-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-11-26
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU, representada por su alcalde Sr. Andrés Ostino Chávez Gonzales por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Resolución N° 1056-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-11-26
Declarar INADMISIBLE la solicitud de venta directa formulada por JOSE VICTOR PECHE UNTOL, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Resolución N° 1055-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-11-26
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de WILFREDA ARACELLY CORDOVA INCHI, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente Nº 1207-2021/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, toda vez que: i) el área de 93.35 m2 (que representa el 64.83% de “el predio”), se encuentra inscrita a favor de terceros, en la partida registral N° 49063571 del Registro de Predios de la Oficina Registral del Lima, por lo tanto, esta Superintendencia no cuenta con competencias para evaluar o aprobar actos de disposición sobre esta; ii) el área 50,65 m2 (que representa el 35,17% de “el predio”), no cuenta con antecedente registral a favor del Estado; por lo que, esta Superintendencia no cuenta con competencias para evaluar o aprobar acto de disposición alguno sobre éstas áreas, en atención a lo dispuesto en el numeral 76.1) del artículo 76° de “el Reglamento”; no obstante, se solicitará a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal evalúe el inicio de las acciones para la inscripción de dominio a favor del Estado de ésta última.
Resolución N° 1054-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-11-26
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de PETROPERU debidamente representada por su gerente Daniel Diaz del Águila, respecto a su solicitud de TRANSFERENCIA PREDIAL ENTRE ENTIDADES PUBLICAS contenida en el Expediente N° Nº 401-2014/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transferencia, toda vez que se determinó que el predio no puede ser transferido en virtud de lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley N° 28840, debido a que no forma parte del predio denominado “Área de comercialización” sino se ubica en la “Zona Industrial”, por lo tanto, fuera del alcance de la normativa antes referida.