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Resolución N° 0553-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-06-25

Rectificar el error material contenido en el artículo 4º de la parte resolutiva de la Resolución N° 0577-2020/SBN-DGPE-SDDI del 30 de septiembre del 2020, en los términos siguientes: Donde dice: “APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrita en el artículo 2º (…)”. Debe de decir: “APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrita en el artículo 3º (…)”.

Resolución N° 0552-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-06-25

PRIMERO: APROBAR la VENTA DIRECTA por casual establecida en el numeral 1) del artículo 222° de “el Reglamento” a favor de LILIAM MARTHA NIÑO DE GUZMAN OSPINA VIUDA DE ESCATE, respecto del predio de 15,44 m², inscrito a favor del Estado, en la Partida Registral N° 14582378 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX – Sede Lima, con CUS N° 156108, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. SEGUNDO: El valor comercial del predio cuya venta se aprueba, asciende a la suma de US$ 1 040,52 (mil cuarenta con 52/100 dólares americanos), conforme a la tasación realizada por la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. TERCERO: En el supuesto que LILIAM MARTHA NIÑO DE GUZMAN OSPINA VIUDA DE ESCATE, opte por cancelar el precio de venta con financiamiento bancario, deberá comunicarlo a esta Superintendencia, en el plazo de diez (10) días hábiles de notificada la presente resolución, conforme al procedimiento detallado en el trigésimo tercer considerando de la misma. De no comunicarse a esta Superintendencia el acogimiento a la forma de pago antes prevista y tampoco se cumpla con pagar el precio de venta dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, a que se refiere el artículo 201 de “el Reglamento”, concordante con el numeral 72.1 del artículo 72 y artículo 73 del citado dispositivo legal, mediante resolución administrativa se declarará la caducidad del proceso contractual disponiendo la conclusión del procedimiento. CUARTO: La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representación del Estado, suscribirá el contrato de venta directa respectivo a favor de LILIAM MARTHA NIÑO DE GUZMAN OSPINA VIUDA DE ESCATE, una vez cancelado el precio de venta de los predios. QUINTO: Los ingresos que se obtengan de la compraventa del predio constituirán recursos del Tesoro Público y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en un 70% y 30%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos.

Resolución N° 0551-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-06-25

Declarar el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “T.U.O DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - MTC, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 0550-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-06-25

- EXTINGUIR la CESIÓN EN USO otorgada a favor de la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA – SEDAPAL, Y APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, respecto del predio de 651,88 m², ubicado en el distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao, inscrito a favor del Estado - Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en la partida registral N° P52012576 del Registro de Predios de la Oficina Registral del Callao, Zona Registral N° IX – Sede Lima, anotado con CUS N° 87536, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución, con la finalidad que sea destinado para la Estructura Sanitaria denominada Reservorio Apoyado Proyectado RAP-01 S395 Área 3, que corresponde al proyecto denominado: “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de los Sectores 273, 277, 278, 279, 280, 394 y 395 – Distrito de Ventanilla”.

Resolución N° 0549-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-06-25

- EXTINGUIR PARCIALMENTE la AFECTACIÓN EN USO otorgada a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO, DISPONER LA INDEPENDIZACIÓN y APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO n.° 1192, a favor de la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA – SEDAPAL, respecto del área de 142,49 m², que forma parte del predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado – Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en la partida registral N° P03185603 del Registro de Predios de la Oficina Registral del Lima, Zona Registral N° IX – Sede Lima, anotado con CUS N° 153324, con la finalidad que sea destinado para la construcción de Estructura denominada: Cisterna C-15, correspondiente al Proyecto: “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema José Gálvez, Sector 315, Distrito de Villa María del Triunfo”.

Resolución N° 0548-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-06-25

Aceptar el DESISTIMIENTO presentado por la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE AREQUIPA – SEDAPAR, representada por el Gerente de Administración, Abg. Edwar Chávez Llerena, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Resolución N° 0547-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-06-24

La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento a WILLIANS CORONADO FLOREANO, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 763-2019/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, toda vez que: i) respecto al área de 568,11 m2 (3.12% de “el predio”), se superpone con derecho de vía de la Avenida Circulación, ostenta la condición de bien de dominio público, de conformidad con el artículo 73º de la Constitución Política del Perú, concordado con el inciso 2) del numeral 3.3. del artículo 3 de “el Reglamento”; razón por la que no es posible evaluar u aprobar acto de disposición alguno respecto de dicha área; ii) y al haberse determinado que sólo el área de 10 607,85 m2 (58.34% de “el predio”), es un predio de dominio privado estatal y de libre disponibilidad, sin embargo de acuerdo al panel fotográfico adjunto a los Informes Preliminares N° 906-2019/SBN-DGPE-SDDI y 807-2021/SBN-DGPE-SDDI, se advierte que en el período comprendido entre los años 2007 al 2021 “el predio” se encuentra desocupado y sin delimitación física; motivo por el cual, “el administrado” no cumple con el ejercicio de la posesión con anterioridad al 25 de noviembre de 2010, regulada por el inciso 4) del artículo 222° de “el Reglamento”.

Resolución N° 0546-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-06-24

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHOROPAMPA, representada por su alcalde Sr. Victor Abel Uriarte Lobato por los argumentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 0545-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-06-24

- EXTINGUIR PARCIALMENTE LA AFECTACIÓN EN USO otorgada a favor de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, respecto del área de 242,82 m2, ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P03186051 del registro de predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX – Sede Lima; con CUS N° 34108, quedando subsistente el área restante. - DISPONER LA INDEPENDIZACIÓN, respecto del predio de 242,82 m2, ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P03186051 del registro de predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX – Sede Lima; con CUS N° 34108, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. - APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del predio descrito en el artículo 2° de la presente resolución a favor de la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA – SEDAPAL, para que sea destinado a la Estructura CR-420 y RP-01 correspondiente al Proyecto denominado: “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua y Alcantarillado para el Esquema José Gálvez, Sector 315 Distrito de Villa María del Triunfo”.

Resolución N° 0544-2021/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2021-06-24

Declarar el ABANDONO del procedimiento administrativo de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “T.U.O DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - MTC, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.