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Resolución N° 0720-2023/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2023-08-16

DISPONER LA INDEPENDIZACIÓN respecto del área de 96.47 m2 que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Chavinillo, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, inscrito a favor del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, en la partida registral N° P39036254 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huánuco, Zona Registral N° VIII – Sede Huancayo, con CUS N° 180894, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución a favor de PROVIAS NACIONAL – MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, requerido para el Mejoramiento de la Carretera Huánuco Conococha, Sector Huánuco- La Unión - Huallanca Ruta PE-3N. Tramo II: Km 52+920 - Km 102+819 que forma parte del proyecto denominado: “Carretera longitudinal de la sierra: Chiple - Cutervo - Cochabamba - Chota - Bambamarca - Hualgayoc - Desvío Yanacocha, Cajabamba - Sausacocha, Huamachuco - Shorey - Santiago de Chuco - Pallasca - Cabana - Tauca, Huallanca - Caraz, Huallanca - La Unión - Huánuco, Izcuchaca - Mayocc - Huanta Ayacucho - Andahuaylas – Abancay”.

Resolución N° 0719-2023/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2023-08-15

La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de COSME HUMERES NAHUINCAMASCA, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 585-2023/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, toda vez que, se determinó: a) respecto al área de 199.69 m2 (que representa el 51.20% de “el predio”) se encuentra inscrito a favor de COFOPRI. Asimismo, al ser un área de circulación, ostenta la condición de bien de dominio público, de conformidad con el artículo 73º de la Constitución Política del Perú, concordado con el inciso 2 del numeral 3.3. del artículo 3 de “el Reglamento”; razón por la que, sobre dicha área no es posible evaluar u aprobar acto de disposición alguno; b) respecto al área de 190.31 m2 (que representa el 48.80% de “el predio”) si bien se encuentra inscrita a favor del Estado representado por esta Superintendencia, este tiene la condición de bien de dominio público desde su origen al constituir un lote de equipamiento urbano (Recreación Publica - Área Verde), sobre el cual recae un acto de administración vigente (afectación en uso a favor del Municipalidad Distrital de Yura), con carácter inalienable e imprescriptible, de conformidad con el artículo 73° de la Constitución Política del Perú, concordado con el literal 2 del numeral 3.3 del artículo 3° de “el Reglamento”. No siendo posible por tanto su disposición a favor de “el administrado”.

Resolución N° 0718-2023/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2023-08-14

PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de TRANSFERENCIA INTERESTATAL, formulada por la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL DE CARLOS FERMIN FITZCARRALD representado por su Director, Lic. Jorge D. Evangelista Capcha, por los argumentos expuestos en la presente Resolución. SEGUNDO.- Derivar la transferencia interestatal de “el Administrado” a la Dirección General de Abastecimiento (DGA) del MEF para los fines correspondientes. TERCERO.- Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente, una vez consentida la presente Resolución. CUARTO.- Disponer que la presente Resolución, en la fecha de su emisión, se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).

Resolución N° 0717-2023/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2023-08-14

PRIMERO. - Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA formulada por la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS ALTO HUARMEY representado por su presidenta Linda Rosario Cotrina Rímac, por los argumentos expuestos en la presente Resolución. SEGUNDO. - Disponer que la presente Resolución, en la fecha de su emisión, se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn). TERCERO. - COMUNICAR a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal y a la Procuraduría Pública, de acuerdo a lo descrito en el décimo y décimo quinto considerando respectivamente de la presente resolución. CUARTO. - PONER a conocimiento al Ministerio de Cultura, de conformidad con lo señalado en el décimo cuarto considerando de la presente resolución QUINTO. - Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente consentido en la presente Resolución. Regístrese y comuníquese

Resolución N° 0716-2023/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2023-08-14

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA formulada por la ASOCIACIÓN CASA HUERTA “EL NINIVE”, representada por Lucas Salvatierra Mendoza, por los argumentos expuestos en la presente Resolución.

Resolución N° 0715-2023/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2023-08-11

NO CORRESPONDE LEVANTAR LA CARGA, contenida en la RESOLUCIÓN N° 457- 2019/SBN-DGPE-SDDI del 30 de mayo de 2019, solicitado por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 0714-2023/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2023-08-11

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ISIDORO IRÓN VELÁSQUEZ CANO, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Resolución N° 0713-2023/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2023-08-10

PRIMERO.- Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACION POPULAR LA VARIANTE DE ANCÒN representada por su presidente del Consejo Directivo, Luis Guillermo Trinidad Castillo, por los argumentos expuestos en la presente Resolución. SEGUNDO.- Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente, una vez consentida la presente Resolución. TERCERO.- Disponer que la presente Resolución, en la fecha de su emisión, se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).

Resolución N° 0712-2023/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2023-08-10

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de RESERVA, formulada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA JOYA, por los argumentos expuestos en la presente Resolución.

Resolución N° 0711-2023/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2023-08-10

La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de DANIEL ESEQUIEL LOZADA CASAPIA, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 692-2023/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, al haberse determinado que: a) “el predio” no es de alcance nacional o que se haya calificado algún proyecto como de interés nacional en dicho ámbito; y, b) mediante Resolución Ministerial N° 656-2006-EF-10 del 30 de noviembre de 2006, se transfirió a los Gobiernos Regionales de San Martín, Amazonas, Arequipa y Tumbes la competencia para administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, corresponde declarar la improcedencia liminar de la solicitud de venta directa y derivar la solicitud de “el administrado” al “GORE Arequipa”.