Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0050-2017/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2017-01-18
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 36 228,05 m², ubicado en el lote 01, manzana H4, Asentamiento Humano Villa Hermosa, del distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, inscrito en la Partida n.° P09105805 de la Oficina Registral de Casma, Zona Registral n.° VII - Sede Huaraz.
Otorgar la afectación en uso a favor del Ministerio de Educación, del predio de 46 716,53 m², que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el Sector El Castañal, distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, inscrito en la Partida Registral n.° 11012039 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Tambopata de la Zona Registral n.° X – Sede Cusco, por un plazo indeterminado, para que el mismo se construya y funcione el Colegio de Alto Rendimiento de Madre de Dios, COAR – Madre de Dios.
Otorgar la afectación en uso a favor del Ministerio de Educación, del predio de 46 716,53 m², que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el Sector El Castañal, distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, inscrito en la Partida Registral n.° 11012039 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Tambopata de la Zona Registral n.° X – Sede Cusco, por un plazo indeterminado, para que el mismo se construya y funcione el Colegio de Alto Rendimiento de Madre de Dios, COAR – Madre de Dios.
"Prorrogar el plazo y modificar la finalidad de la afectación en uso otorgada al Gobierno Regional de Madre de Dios a través de la Resolución n.º 047-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 26 de febrero de 2014, mediante la cual se aprobó la afectación en uso del área de 15 204,00 m², que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en la Av. Madre de Dios s/n, distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, inscrito en la Partida Registral n.° 05006640 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Tambopata de la Zona Registral n.° X – Sede Cusco, en los siguientes términos: a) Aprobar la prórroga del plazo y modificar la finalidad de la afectación en uso del área de 2 767,73 m², por un plazo indeterminado, para para que continúe funcionando la sede administrativa y para el funcionamiento del archivo central del Gobierno Regional de Madre de Dios.
b) Aprobar la prórroga del plazo y modificar la finalidad de la afectación en uso del área de 1 336,77 m², por un plazo indeterminado para que continúe funcionando la I.E.B.R.I. Cuna Jardín Las Ardillitas.
c) Aprobar la prórroga del plazo y modificar de la finalidad de la afectación en uso del área de 7 554,00 m², por un plazo de tres (03) años para la instalación de un hospital de contingencia, por la construcción del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado.
d) Aprobar la prórroga de plazo y modificar la finalidad de la afectación en uso del área de 3 545,50 m², por un plazo indeterminado para la implementación del Proyecto denominado Centro de Salud Nuevo Milenio de Puerto Maldonado."
Aprobar la modificación de la finalidad de la afectación en uso a favor del Poder Judicial, respecto del predio de 4 232,57 m², ubicado en la calle Belén esquina con Uruguay, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral n.° 46663128 del Registro de Predios de la Zona Registral n.° IX - Sede Lima, por un plazo indeterminado, a fin de que sea destinado en su totalidad al proyecto de “Mejoramiento de los Servicios de Administración de Justicia de los Órganos Jurisdiccionales Especializados en Laboral, Familia y Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima”;
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 7 781,20 m² ubicado en el lote 1, manzana J3, III etapa del Asentamiento Humano Ciudad del Niño, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida n.° P15205150 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral n.° I-Sede Piura.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Afectación en Uso, presentado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, respecto al predio de 14 525,48 m², ubicado a la altura del km 40 de la Carretera Panamericana Norte colindante a la base de la Fuerza Aérea del Perú Piedras Gordas, Parcela S-1, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Disponer la reversión de dominio por incumplimiento de la finalidad a favor del Estado, respecto del predio de 3 636,48 m², ubicado en la avenida Prolongación Amancaes y el jirón Guillermo Suárez, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida n.° 11220547 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima.
Dejar sin efecto el ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN N° 00046-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 13 de mayo de 2015, otorgada a favor de la empresa PERUVIAN LATIN RESOURCES S.A.C., debiendo hacer entrega del predio mediante la suscripción de un Acta de Entrega – Recepción, en caso se niegue a la suscripción de la misma, se procederá a realizar las acciones tendentes a la recuperación y custodia del mismo. DAR POR CONCLUIDO el procedimiento de servidumbre presentado por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas sobre otorgamiento del derecho de servidumbre del área de 2 857 732,62 m², ubicada en el distrito El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua, requerida por la empresa PERUVIAN LATIN RESOURCES S.A.C., por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE, la solicitud presentada por la Gerencia Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Arequipa, sobre otorgamiento del derecho de servidumbre del predio de 120 000,00 m²; ubicado en el distrito de Chaparra, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, requerido por la empresa S.M.R.L Las Bravas Nº 2 de Ica, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.