Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0567-2017/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2017-09-12
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, respecto del área de 248,40 m², ubicada en la Primera Etapa de la urbanización Las Palmeras, distrito Los Olivos, provincia y departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Otorgar la coafectación en uso en vía de regularización a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio del Interior, respecto del predio de 3 109,99 m², ubicado según inscripción registral entre el Jirón Julián Piñeyro (Ex Jirón Loreto), Segunda Cuadra y la Vía Evitamiento, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 07017885 del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, por un plazo indeterminado, para que continúe siendo destinado a los fines institucionales de las citadas entidades.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 77 367,79 m², ubicado en el lote 1, manzana 17, Barrio 2, Sector Rio Seco, Pueblo Joven El Porvenir, del distrito de El Porvenir, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad, inscrito en la partida Nº P14033436 del Registro de Predios de Trujillo.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 1 478,51m², ubicado en el lote 2, manzana U, Pueblo Joven Leones del Misti, distrito del Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P06017871 del Registro de Predios de Arequipa, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Grande.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de cesión en uso presentada por el Secretario General de la Junta Directiva de la Organización de Vecinos del Asentamiento Humano Alta Paloma y Ampliación, respecto del predio de 172,58 m², que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el Lt. 13, Mz. D, Asentamiento Humano Alta Paloma, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 7 233,78 m², ubicado en el lote 3, manzana 17, Barrio 2, Sector Rio Seco, Pueblo Joven El Porvenir, del distrito de El Porvenir, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad, inscrito en la partida Nº P14042332 del Registro de Predios de Trujillo.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 213,34 m², ubicado en el lote 5, manzana A, Asentamiento Humano 25 de junio del distrito de Locumba, provincia de Jorge Basadre y departamento de Tacna, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P20049517 del Registro de Predios de Tacna; manteniéndose vigente la afectación en uso a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, Compañía de Bomberos Jorge Basadre N° 137.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 717,70 m², ubicado en el lote 1, manzana V, Centro Poblado Moro del distrito de Moro, provincia de Santa y departamento de Ancash, el mismo que se encuentra inscrito en la partida N° P09053827 del Registro de Predios de Chimbote, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor de la Municipalidad Distrital de Moro.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 1 273,70 m², ubicado en el lote 1, manzana T7, Etapa Segunda, Sector Santa Rosa y Belén, Pueblo Joven Jose Carlos Mariategui del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P03154533 del Registro de Predios de Lima, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor del Obispado de Lurín.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 711,60 m², ubicado en el lote 1, manzana 5, Pueblo Joven Tupac Amaru, distrito y provincia de Chiclayo del departamento de Lambayeque, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P10093522 del Registro de Predios de Chiclayo, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor del Obispado de la Diócesis de Chiclayo.