Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0307-2018/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2018-04-16
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de reasignación de la administración, solicitado por la Municipalidad Distrital de La Tinguiña, respecto del predio de 706,00 m², ubicado en el lote 1, manzana J, Centro Poblado Virgen de las Nieves, distrito de La Tinguiña, provincia y departamento de Ica, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el Director Ejecutivo de la Dirección Administrativa de la Dirección de Redes Integrales de Salud Lima Centro, mediante la cual peticionó la formalización de la decisión de demoler el P.S. CLAS Cerro El Pino, ubicado en el Lote 113, Sector 12 del Asentamiento Humano Cerro El Pino, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N.° P02211604 del Registro de Predios de Lima, conforme a las razones expuestas en la presente Resolución.
Rectificar el área, linderos y medidas perimétricas del predio de 61 883,82 m², denominado Parcela B Fundo Chorrillos, ubicado en la Av. Mártires del Periodismo, Sector San Antonio, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín, inscrito en la partida Nº 11007133 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huancayo, por el área real de 60 853,43 m² conforme la documentación técnica que sustenta la presente resolución.
DEJAR SIN EFECTO el Acta de Entrega-Recepción Nº 00118-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 21 de diciembre de 2016, respecto de las once (11) áreas denominadas Área Nº 1A de 4 439 901,83 m², Área Nº 1B de 61 395,74 m², Área Nº 1C de 13 371 255,04 m², Área Nº 1D de 327 979,03 m², Área Nº 1E de 4 099 583,36 m², Área Nº 1F de 389 148,06 m², Área Nº 1G de 2 047 611,10 m², Área Nº 1H de 31 896,34 m², Área Nº 1I de 7 172 254, 27 m², Área Nº 1J de 78 899,32 m², Área Nº 1K de 914 495,15 m², ubicadas en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura, otorgadas a favor de la empresa GRAÑA Y MONTERO PETROLERA S.A., por lo que dicha empresa deberá realizar la devolución de los predios, mediante la suscripción de un acta de entrega – recepción; en caso se niegue a la suscripción de la misma, se procederá a realizar las acciones tendentes a la recuperación de los predios en cuestión.
Disponer la reversión de dominio por incumplimiento de la finalidad a favor del Estado sin obligación de reembolso alguno a favor del afectado con la reversión, respecto del predio de 991 295,82 m², denominado Parcela Q, ubicada en la Zona de Pampa Inalámbrica, distrito El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua, inscrito en la partida Nº 11020007 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral N° XIII - Sede Tacna.
Disponer la aclaración de inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 951 983,39 m², ubicado en en la zona intermedia entre la ciudad de Yarabamba y anexo de San Antonio, a la altura del Km. 13 de la carretera Arequipa- Chapi del distrito de Yarabamba, provincia y departamento de Arequipa, inscrito a favor de la Municipalidad Provincial de Arequipa en la partida N° 11023665 del Registro de Predios de Arequipa.
Disponer la aclaración de inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 388 637,10 m², ubicado en el distrito de Mariano Melgar, provincia y departamento de Arequipa, inscrito a favor de la Municipalidad Provincial de Arequipa en la partida N° 01178816 del Registro de Predios de Arequipa.
Desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por la Municipalidad Distrital de Chancay contra la Resolución Nº 0092-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 02 de febrero de 2018, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 043 556,89 m², ubicado a lado Sur de la carretera Moquegua – Arequipa, altura de los kilómetros 1 142, aproximadamente a 3 kilómetros al Noroeste del Centro poblado Belén, entre los cerros trapiche y Pan de Azúcar, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.