Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0622-2018/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2018-09-07
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales de los predios inscritos en la Oficina Registral de Lima, bajo el detalle siguiente:
Desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por el Gobierno Regional de Moquegua contra la Resolución Nº 0454-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 04 de julio de 2018, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorgar la afectación en uso a favor del Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, respecto del predio de 2 369,01 m² que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el Lt. 3, a la margen derecho de la Antigua Carretera Panamericana Sur a la altura del Kilómetro 46.5, distrito Punta Negra, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 11469068 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, por un plazo determinado hasta el 31 de diciembre de 2019, para formar parte del proyecto denominado “Sede del Centro de Alto Rendimiento de Surf en la Playa Punta Rocas 2”.
Declarar el abandono del procedimiento de asunción de titularidad por puesta a disposición iniciado a solicitud del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respecto de 9 predios ubicados en los departamentos de Arequipa, Huancavelica, Junín, Moquegua, San Martín y Lambayeque, en aplicación del artículo 200° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el Director Ejecutivo de la Dirección Regional de Salud Cusco de la Red de Salud Cusco Norte, mediante la cual peticionó la formalización de la decisión de demoler del área de 120,00 m², ubicado en el Lote 1, Manzana K1, con Partida N.º P31038105 del Registro de Predios de Cusco, conforme a las razones expuestas en la presente Resolución.
Desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Marco Antonio Álvarez Campos en representación de la Municipalidad Distrital de Barranco contra la Resolución N° 0418-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 21 de Junio de 2018, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
DEJAR SIN EFECTO el Acta de Entrega Recepción Nº 00108-2017/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 10 de agosto del 2017, respecto del área de 1 433 926,00 m² otorgada a favor de la empresa MINERA HAISPE S.A.C., por lo que deberá realizar la devolución del predio, mediante la suscripción de un acta de entrega – recepción; en caso se niegue a la suscripción de la misma, se procederá a realizar las acciones tendentes a la recuperación del predio en cuestión.
Dejar sin efecto el ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN Nº 00038-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 08 de febrero de 2018, otorgada a favor del señor Roman Salomon Medina Benavides por lo que deberá devolver el área de 700 000,00 m², ubicada en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, mediante la suscripción de un Acta de Entrega – Recepción. En caso el administrado se niegue a la suscripción de la misma, se procederá a realizar las acciones tendentes a la recuperación del predio en cuestión.
Prorrogar el plazo de ejecución del proyecto denominado “construcción del local institucional de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho”, señalado en el artículo 2 de la Resolución Nº 661-2015/SBN-DGPE-SDAPE, por un plazo adicional de tres (03) años a favor del Gobierno Regional de Ayacucho – Dirección Regional de Salud, para que se ejecute el citado proyecto en el predio de 2 296,14 m², ubicado en el Lt. 2, Mz. V, Zona B, Programa de Vivienda Conjunto Habitacional del FONAVI José Ortiz Vergara, distrito Ayacucho, provincia Huamanga y departamento de Ayacucho, inscrito en la Partida Nº P11024612 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XIV – Sede Ayacucho, cuya prorroga será computado desde el 05 de agosto de 2018 hasta el 06 de agosto de 2021.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 28 900 m², ubicado al Noreste de la acequia “Hospital San José de Turhua” y al Sureste de la quebrada Retamal del distrito de Ubinas de la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua.