Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0219-2021/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2021-03-05
DISPONER la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO en el marco del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo n.° 1192 respecto del área de 257,91 m² ubicada en el sector Molino de Sabandia del distrito de Sabandia, provincia y departamento de Arequipa, a favor del SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE AREQUIPA – SEDAPAR, con la finalidad de ser destinado para el proyecto: “Restauración y puesta en operatividad de la infraestructura de la cámara de Bombeo CBAR- SABANDIA en el distrito de Sabandia” según el plano perimétrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
Declarar la EXTINCIÓN DE LA SERVIDUMBRE otorgada a favor de la empresa SOCIEDAD MINERA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ESCORPION - I, respecto del predio de 430 000,00 m², ubicado en el distrito de Pariñas, provincia de Talara y departamento de Piura, inscrito a favor del Estado en la partida n.° 11023138 de la Oficina Registral de Sullana de la Zona Registral n.° I- Sede Piura y registrado con Código CUS n.° 45908 en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
Modificar el artículo 1° de la Resolución n.° 0085-2021/SBN-DGPE-SDAPE mediante la cual se modificó el artículo 1° de la Resolución n.° 0019-2021/SBN-DGPE-SDAPE que a su vez modificó el artículo 1° de la Resolución n.° 0124-2020/SBN-DGPE-SDAPE del 10 de febrero de 2020, debiendo quedar en los términos siguientes: “Artículo 1°. - Disponer LA PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO A FAVOR DEL ESTADO del terreno urbano de 136 213,09 m² ubicado entre las Agrupaciones de Familia Urbanización El Carmen y Santa Cruz, altura de la antigua Panamericana Sur y la margen derecha de la Panamericana Sur KM 42+000, distrito de Punta Hermosa, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente
Resolución.”
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por WAGNER ARBAIZO ESPINOZA y YANINA RUPERTA VILLARREAL BALTAZAR, representados por Ruperto Juan Espinoza Ambrosio, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO solicitada por PROVIAS NACIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del área área de 11 829,21 m², con código MATBOM-128-130-132-133, ubicada en la progresiva Km 29+495 al 40+048, Sector Curva en el distrito de Dean Valdivia, provincia de Islay y departamento de Arequipa, en virtud de los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO solicitada por PROVIAS NACIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del área de 78 216,13 m², denominada RV4-T3-PAPY-018B, ubicada entre las progresivas kilómetro 292+100 al kilómetro 294+161 en el distrito y provincia de Huarmey del departamento de Ancash, en virtud de los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por JOSÉ RAMOS NAQUICHE, en representación de Sarita del Milagro Yovera Ramos, Mercedes del Pilar Yovera Ramos, José Santos Ramos Naquiche y María Elvira Ramos de Yovera, mediante la cual solicita la CESIÓN EN USO, en virtud a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar FUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN representado por la Procuradora Pública Adjunta, Roció del Carmen Egusquiza Chil, contra la Resolución n.° 1121-2020/SBN-DGPE-SDAPE del 18 de diciembre de 2020, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Disponer MODIFICAR LA TITULARIDAD de la reasignación de la administración a favor de la AUTORIDAD PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS, como la nueva entidad reasignada respecto del área de 3 881,20 m², ubicado en el Lote 04, manzana ”C”, del Centro Poblado “Pomabamba”, distrito y provincia de Pomabamba, departamento de Ancash, inscrito en la partida n.º P37024577 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huaraz de la Zona Registral n.° VII – Sede Huaraz, anotado con el CUS n.° 60214, con la finalidad de destinarlo a la implementación del Plan de Contingencia del proyecto "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Salud del Hospital de Apoyo de Pomabamba Antonio Caldas Domínguez, distrito y provincia de Pomabamba, departamento de Áncash" y no desabastecer los servicios de salud del Hospital de Pomabamba; bajo sanción de extinguirse la reasignación de la administración otorgada en caso de incumplimiento.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de REASIGNACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC, representado por el alcalde, Guillermo Elvis Pomez Cano, en virtud a los argumentos expuestos en la presente Resolución.