DECLARAR la nulidad de oficio de la Resolución Ficta originada por el Silencio Administrativo Negativo peticionado por la señora CONSUELO FLOR LOYOLA RODRIGUEZ.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentado por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA, contra la Resolución N° 191-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 14 de marzo de 2018, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentado por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA debidamente representado por su alcalde: Lilia Jeanne Pauca Vela, contra lo dispuesto en la Resolución N° 0228-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 22 de Marzo de 2018 emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal (SDAPE), dando por agotada la vía administrativa.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentado por el señor ISIDORA YACTAYO ALMEIDA contra lo dispuesto en la Resolución N° 176-2018/SBN-DGPE-SDDI de fecha 26 de marzo de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Ernesto Ignacio Arones García, presidente de la ASOCIACIÓN AMIGOS UNIDOS DE VILLA RICA contra la Resolución N° 0184-2018/SBN-DGPE-SDDI del 02 de abril de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario - SDDI, por las consideraciones antes expuestas, dando por agotada la vía administrativa.
DEJAR SIN EFECTO el Plan de Trabajo denominado "Priorización en atención de brechas de expedientes y solicitudes de ingreso de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario" aprobado mediante Resolución N° 136-2017ISBN-DGPE de fecha 08 de setiembre de 2017.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por el Instituto Peruano del Deporte, representada por su Presidente, Osear Fausto Fernández Cáceres, contra lo dispuesto en la Resolución N° 164-2018/SBN-DGPE-SDDI de fecha 19 de marzo de 2018 emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, dando por agotada la vía administrativa.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentado por la UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCO contra la Resolución Nº 138-2018/SBN-DGPE-SDDI de fecha 02 de marzo de 2018, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario, y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por el CLUB DEPARTAMENTAL CAJAMARCA contra la Resolución Nº 0291-2018/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 03 de abril de 2018, emitida por la Subdirección de Administración del
Patrimonio Estatal, y dar por agotada la vía administrativa.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por
SONIA MARLENI MAGUIÑA CASTILLO y ROXANA VIOLETA MAGUILA RUIZ contra la Resolución N° 0149-2018/SBN-DGPE-SDDI del 06 de marzo de 2016, emitida por la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario - SDDI, dando por agotada la vía administrativa.