Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO solicitada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL ALGARROBAL, representada por el Alcalde Víctor Ángel Ccasa Añamuro, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideración presentado por la ASOCIACIÓN LOS FRUTALES DEL PALOMAR”, representada por su presidente LOLO FRANCISCO AMBROSIO JESÚS, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 204-2017/SBN-DGPE-SDDI del 28 de marzo de 2017, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideración presentado por EDUARDO CESPEDES CASTILLO, “apoderado de Rodolfo Humberto Traverso Sala”, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 230-2017/SBN-DGPE-SDDI del 12 de abril de 2017, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de desafectación y venta directa presentada por CARLOS EDUARDO BOCANEGRA DAGA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la GERENCIA REGIONAL DE EDUCACION DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, representada por su Gerente Regional, Guido Alfredo Rospigliosi Galindo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRIAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, representada por su Alcalde Segundo Mario Ruiz Rubio, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Aceptar el desistimiento del procedimiento de venta directa de “el predio”, presentada por CAMPOS DEL SUR S.A. representada por su gerente general Rafael Miguel Cilloniz Blondet, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
"Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 21 424,70 m², ubicada en el distrito de Cochabamba, provincia de Chota y departamento de Cajamarca, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito a favor del Estado representado por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI, en la partida N° P36019571 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chota – Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, con CUS N° 104081, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución.
Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área descrita en el artículo 1° de la presente Resolución a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES - PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL
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declarar INADMISIBLE la SOLICITUD DE VENTA DIRECTA presentada por RHM REDACCIONES HIDRAULICA Y MECANICA S.R.L por los fundamentos expuestos en la presente resolución
declarar INADMISIBLE ña solicitud de DESAFECTACIÓN Y VENTA DIRECTA presentada por LINDA MARIBEL BARRANZUELA ACOSTA representada por Dalia Ghilda Rodriguez, por los fundamentos expuestos en la presente resolución