Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA POR SUBASTA PUBLICA presentada por la ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS MINAS DE AGUA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA POR SUBASTA PÚBLICA presentada por la empresa INVERSIONES LEW SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – LEW S.A.C, representada por LÁZARO SIERRA DAPOZZO, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por MARIBEL LUCY TAIPE RAMOS y PERCI VARGAS ACOSTA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por HUMBERTO LEONIDAS HERRERA RODRÍGUEZ, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUÑOA, representada por su Alcalde Héctor Yucra Tapara, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.