Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por ELIZABETH RUTH PANTA SALDARRIAGA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del predio de 2014,69 m2, que forma parte del predio de mayor extensión denominado “Predio Chacupe”, ubicado en el distrito de La Victoria, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, inscrito a favor de la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural del Ministerio de Agricultura y Pesquería en la Partida Registral N° 02190329 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, con CUS N° 120807, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del predio descrito en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL, con la finalidad se ejecute el proyecto denominado: “Autopista del Sol (Trujillo-Chiclayo-Piura- Sullana)”
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por NELLY MARLENY JULIÁN ARELLANO DE GUERRA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C., representado por su Director de Administración y Finanzas, CARLOS ALEJANDRO SOLANO MORALES, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por ANGÉLICA MILAGROS ÁLVAREZ MONGE, representada por Augusto César Calderón Rojas, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
APROBAR la INDEPENDIZACIÓN del área de 41.82 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el Centro Poblado Menor Nuevo Mocupe, Mz. A7, Lt 6, distrito Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, inscrito a favor de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI en la Partida Registral N° P10056252 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo – Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, con Registro CUS N°121692, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrito en el artículo 1°, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVÍAS NACIONAL para que sea destinado al Proyecto denominado: “AUTOPISTA DEL SOL: (Trujillo – Chiclayo – Piura – Sullana)”.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de venta directa presentada por la el PUEBLO JOVEN NUEVO MIGUEL GRAU, representada por su Secretario General Armando Simpe Balboa, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de TRANSFERENCIA INTERESTATAL A FAVOR DE GOBIERNOS REGIONALES Y/O GOBIERNOS LOCALES presentada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C., representado por su Director de Administración y Finanzas, CARLOS ALEJANDRO SOLANO MORALES, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
EXTINGUIR la AFECTACIÓN EN USO otorgada a favor de Municipalidad Distrital de la Victoria, que recae sobre el área de 589,14 m2 que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito en la Partida Registral N° 11158451 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. DISPONER la INDEPENDIZACION del área de 589,14 m², que forma parte de un predio de mayor extensión ubicado en el distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 11158451 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, con código CUS N° 121510, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Artículo 3°.- APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, a favor de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE, con la finalidad que lo destine a la ejecución del proyecto: “SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO, LÍNEAS 1 Y 2, Y LÍNEA 4: RAMAL AV. FAUCETT - AV. GAMBETTA”.