Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del predio de 1 260,94 m2, que forma parte del predio de mayor extensión, ubicado entre la Av. Iquitos y la Av. Manco Cápac (Estación 14 Manco Cápac), Av. 28 de Julio, “Fundo Rústico Las cabezas o Quinta de La Victoria”, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 14125194 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, con CUS N° 122415, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del predio descrito en el artículo anterior, a favor de la AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO - AATE, con la finalidad que se destine a la ejecución del proyecto denominado: “Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta”.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por Víctor Raul Castillo Castillo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por JOSÉ ELMER IRRASÁBAL DELGADO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACOCHA, representada por su alcalde Manuel Eduardo Caballero Arias por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por la URBANIZACIÓN POPULAR DE INTERÉS SOCIAL “RENACER EL CASTAÑAL”, representado por su presidente Juan Ascue Huillca, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA ESTRELLITAS DE CIENEGUILLA, representada por Juan Carlos Rodríguez Choque y Alexander Cáceres Castro, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA EL SOL DE MANCHAY, representa por su Vicepresidenta Carmen Lidia Gutiérrez García, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por ANTONIA VICTORIA HEREDIA CASTILLO DE BERROCAL y EUGENIO BERROCAL PACHAS, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución