Declarar la extinción de la AFECTACIÓN EN USO otorgada a favor del SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL sobre el predio de 872,80 m² ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P03243587 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima, con CUS N° 39586, en amparo del numeral 5) del artículo 105° de “el Reglamento”.
Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL TEXTO ÚNICO ORDENADO DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del predio de 33,64 m² ubicado a 170,00 m² al este del Jirón Los Jubilados del Asentamiento Humano Clorinda Málaga de Prado, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 14149013 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima; signado con CUS N° 124180, a favor del SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, para que sea destinado a la construcción de la “ Reservorio Proyectado R-902” requerido para la ejecución del proyecto denominado: “ Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para el Asentamiento Humano Incahuasi - Pampa de Comas - Distrito de Comas” .
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 987,05 m², que forma parte de un predio de mayor extensión, inscrito en la Partida Registral N° 12016703 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Camaná, Zona Registral N° XII - Sede Arequipa (en adelante “ el predio ubicada en el distrito de Chala, provincia de Caraveli y departamento de Arequipa, con CUS N° 134109, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 239,17 m², que forma parte de un predio de mayor extensión ubicado en el sector Juan Velasco Alvarado, distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Registral N° P06008974 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Arequipa, Zona Registral N° XII - Sede Arequipa, con CUS N° 134316, conforme a la documentación técnica brindada por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa - SEDAPAR, que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 15 406,10 m², que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba y departamento de Amazonas, inscrito a favor de la Municipalidad Provincial de Utcubamba en la Partida Registral N° P34001614 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Bagua, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, con CUS 134373; según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 1 157,09 m², que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, inscrito a favor del Estado Peruano representado por la Municipalidad Provincial de Piura en la Partida Registral N° 11197688 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral N° I - Sede Piura, con CUS 127859; según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 817,75 m2, ubicada entre la calle Pedro de Osma con la calle Pancho Fierro, en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito a favor del Banco de la Vivienda del Perú-Cuenta FONAVI, en la Partida Registral N° P02091252 del Registro Predial Urbano de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral Nº IX - Sede Lima, con CUS Nº133956; conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por la ROBERTO GERARDO FERNANDEZ BERNEDO, representada por su presidente Pedro Orellana Caceres, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por ELENA ELISA ROJAS MARTINEZ, representada por Damaris Del Rosario Quispe Ocho de Zegarra, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE PUNO – GOBIERNO REGIONAL DE PUNO, representada por su Director Regional, Juan Ticona Maquerea, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.