DISPONER la INDEPENDIZACIÓN respecto de un área de 694,38 m2, ubicada en el distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, que forma parte de la propiedad de mayor extensión inscrita a favor del Estado en la Partida Registral Nº 12972717 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, con CUS Nº 141133, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS MERCADO SANTA CRUZ MIRAFLORES NUEVA GENERACIÓN, representado por su Presidente, Jerry Bellota Garcia, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de TRANSFERENCIA PREDIAL presentada por MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO LARAN representada por su actual alcalde, Alberto Magallanes Mendoza, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DESESTIMAR el recurso de reconsideración presentado por LUIS FELIPE PEREYRA MALCA, contra la Resolución N° 1048-2019/SBN-DGPE-SDDI, al no haber presentado nueva prueba.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por el ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACIÓN CASA HUERTA VILLA NAZARETH - CARABAYLLO, representado por su presidente Emilio Marcelino Delgado Condorccahua y su tesorero Adán Muñoz Gonzales, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
EXTINGUIR PARCIALMENTE LA AFECTACIÓN EN USO otorgada a favor del Ex - Ministerio de Aeronáutica (hoy Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú), respecto de 437,00 m2, ubicado en el área remanente del Ex Ministerio de Aeronáutica, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, que forma parte de la propiedad de mayor extensión inscrita a favor del Estado en la Partida Registral N° 07060163 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, con CUS Nº 136941, quedando subsistente el área restante.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por ASOCIACIÓN DE GANADEROS PRODUCTORES DE LECHE SANTA ROSA DE QUIVES debidamente representada por Wuil Golfredo Gonzales Guardamino, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por MAGALY SOFÍA AMBIA YAURE, BASILIA MARTHA VILLAFUERTE CUYURI, NORMITA DORA JARA BERNALDO y ADRIÁN SINCE SERRANO, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN de un área de 145,72 m2, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, que forma parte de la propiedad de mayor extensión inscrita en la Partida Registral Nº P03201760 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, con CUS Nº 133924, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.