Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por JUAN VICENTE FLORES PALOMINO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por ALFREDO CALDERÓN DE ORBEGOSO y BEATRIZ ÁLVAREZ ROCA ZELA, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAMANTAY, representada por su Gerente Municipal Ángel Franci Ormeño Ortiz, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAMANTAY, representada por su Gerente Municipal Ángel Franci Ormeño Ortiz, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del predio de 6 793,10 m²
(0.6793 ha), que forma parte de otro de mayor extensión denominado “Pampas de Concon - Valle de Topara”, ubicado en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito a favor del Ministerio de Agricultura (hoy Ministerio de Agricultura y Riego) en la Partida Registral N° 21001528 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cañete de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, con CUS N° 132067; conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del 9 106,05 m² (0.9106 ha),
du e forma parte de otro de mayor extensión denominado “Calle Área Remanente N° 2 Buque Terreno Eriazo Pampa Concon”, ubicado en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito a favor del Gobierno Regional de Lima en la Partida Registral N° 21111444 del Registro de Predios de la Oficina Registra! de Cañete de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, con CUS N° 132054; conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución.
APROBAR la TRANSFERENCIA PREDIAL ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, a favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO, en aplicación de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 29151, del predio de 4 282,00 m², ubicado en el distrito de Independencia, provincia de Huaraz y departamento de Ancash, inscrito en la Partida Registral N° 07105011 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huaraz de la Zona Registral N° VII - Sede Huaraz, con CUS N° 594, a fin que continúe destinándolo a sus fines institucionales.