Resolución N° 0752-2022/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2022-07-19
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa formulada por DAVID GARCÍA RAMOS, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Resolución N° 0751-2022/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2022-07-19
Declarar INADMISIBLE la solicitud de transferencia formulada por MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO representada por su alcalde Sr. Gerardo Felipe Carpio Díaz, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Resolución N° 0750-2022/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2022-07-19
Declarar INADMISIBLE la solicitud de venta directa formulada por ASOCIACIÓN ECOLÓGICA MANANTIAL RESPLANDOR DE JEHOVÁ – CARABAYLLO, representada por su presidente Juan Carlos Gutiérrez Amao, por los argumentos expuestos en la presente resolución.
Resolución N° 0749-2022/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2022-07-19
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 295,86 m2 que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado en la partida registral N° 13285324 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, con CUS N° 169353, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, del área descrita en el artículo 1° de la presente Resolución, a favor de la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA – SEDAPAL, requerido para la construcción de la Cisterna de Bombeo N°01 (CB-01) correspondiente al proyecto: “Ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado del Sector Paraíso alto – sector 308 ll Etapa – Distrito de Villa María del Triunfo – Provincia de Lima – departamento de Lima”.
Resolución N° 0748-2022/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2022-07-19
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN, del área de 26,25 m2 que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito a favor del Estado, en la partida registral N° P17014021 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cañete, con CUS N° 171275 conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente resolución. APROBAR la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA, requerido para la construcción de la estructura sanitaria denominada Cámara de Bombeo de Desagües N° 4, correspondiente al proyecto denominado “Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado y Planta de Tratamiento del Centro Poblado de Bujama Baja del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima”
Resolución N° 0747-2022/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2022-07-19
Declarar la INADMISIBILIDAD de la solicitud de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL “TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192”, seguido por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL.
Resolución N° 0746-2022/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2022-07-18
PRIMERO. - Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por TEODORA ESPINOZA INGA, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución. SEGUNDO. - COMUNICAR a la Procuraduría Publica, a fin de que procedan conforme a sus atribuciones. TERCERO. - Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente administrativo luego de consentida la presente Resolución. CUARTO. - Disponer que la presente Resolución, en la fecha de su emisión, se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn). Regístrese, y comuníquese
Resolución N° 0745-2022/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2022-07-18
PRIMERO. - Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por AGUSTÍN ACOSTA PORTOCARRERO, en virtud de los argumentos expuestos en la presente Resolución. SEGUNDO. - COMUNICAR a la Procuraduría Publica, a fin de que procedan conforme a sus atribuciones. TERCERO. - Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente administrativo luego de consentida la presente Resolución. CUARTO. - Disponer que la presente Resolución, en la fecha de su emisión, se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn). Regístrese, y comuníquese
Resolución N° 0744-2022/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2022-07-18
PRIMERO. - Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA formulada por GISSELA MAGALY BRAVO RODRÍGUEZ DE AVILA, ANA MARÍA BRICEÑO PELAEZ, EDITH CAJO RUIZ, KAREN MELISSA DÍAZ ZELADA, ABUNDIA HERAS LAYZA, LIDIA HERMENEGILDA HUAMANCHUMO ARROYO, NEXSI MARIA LAVI CELIS, MARIO AUGUSTO LOAYZA PAREJA, MILITZA GRISEL, MALDOADO MARTÍNEZ, FABIOLA VANESSA QUISPE RODRÍGUEZ, JHON JHARLIN RAMOS MENDOZA, MARÍA JULIANA SILVA HUERTAS y JANETT ROSANN BAUTISTA SILVA, por los argumentos expuestos en la presente resolución. SEGUNDO. - COMUNICAR a la Procuraduría y Supervisión, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. TERCERO. - Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del procedimiento administrativo una vez consentida la presente Resolución. CUARTO. - Disponer que la presente Resolución, en la fecha de su emisión, se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn). Regístrese, y comuníquese
Resolución N° 0743-2022/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2022-07-18
La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de la ASOCIACIÓN “NUEVA PUNTA HERMOSA” representado por Abelardo Suarez Rivera, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 031-2022/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, toda vez que se determinó lo siguiente: i) respecto a las áreas de 81 382,66 m2, 988,89 m2, 18 819.51 m2, 2 030.88 m2, 1 658.34 m2 y 46 191.33 m2 (que representa el 12.51%, 0.15%, 2.89%, 0.31%, 0.25% y 7.10% respectivamente) al encontrarse inscritas a favor de terceros, esta Superintendencia no cuenta con competencias para evaluar o aprobar actos de disposición sobre estas, en atención a lo dispuesto en el séptimo considerando de la presente resolución; y, ii) respecto al área de 499 285.87 m2 (que representa el 76.77% de “el predio”), corresponde indicar que existe duplicidad registral entre las partidas registrales N° 49059060 , 11069102 y N° 49071459 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima, al encontrarse inscritas a favor de Estado, Comunidad Campesina de Cucuya y de la Municipalidad Distrital de San Bartolo respectivamente.