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Resolución N° 0671-2024/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2024-06-14

Declarar la INADMISIBILIDAD de la solicitud de AFECTACIÓN EN USO EN EL MARCO DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY N° 30556, presentada por la AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, por los fundamentos expuestos en la resolución.

Resolución N° 0670-2024/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2024-06-14

Declarar la INADMISIBILIDAD de la solicitud de PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO Y AFECTACIÓN EN USO EN EL MARCO DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY N° 30556, seguido por la AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, por los fundamentos expuestos en la resolución.

Resolución N° 0669-2024/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2024-06-14

La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, hace de conocimiento de la ASOCIACIÓN JUNTOS AL FUTURO “AJAFUT” debidamente representada por Nelly Francisca Llerena Pérez, respecto a su solicitud de venta directa contenida en el Expediente N° 133-2024/SBNSDDI, a través del cual se resolvió: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa, al haberse determinado que: a) “el predio” se encuentra inscrito a favor del Estado destinado para fines de reforma agraria; en mérito a la primera inscripción de dominio efectuada a través de la Resolución Suprema N° 0015- 70-EF-BN del 14 de enero de 1970, constituyendo por tanto un predio de dominio estatal; b) mediante Resolución Ministerial Nº 656-2006-EF/10 del 30 de noviembre de 2006, se transfirió a los Gobiernos Regionales de San Martín, Amazonas, Arequipa y Tumbes la competencia para administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado; y, c) se advierte la existencia de un proceso judicial referido a la nulidad del acto administrativo con el que se pone a disposición “el predio” a favor del Estado, cuya situación deberá ser evaluada por el GORE de Arequipa; corresponde declarar la improcedencia liminar de la solicitud de venta directa y derivar la solicitud de “la administrada” al “GORE Arequipa”.

Resolución N° 0668-2024/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2024-06-14

DEJAR SIN EFECTO la Resolución N° 0405-2023/SBN-DGPE-SDAPE, que dispuso la PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO 1192, respecto del área de 458,39 m2, ubicada en el distrito y provincia de Palpa del departamento de Ica, a favor del PROVÍAS NACIONAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Declarar CONCLUIDO el procedimiento de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO 1192 solicitado por el PROVÍAS NACIONAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, evaluado en el Expediente N° 1201-2021/SBNSDAPE.

Resolución N° 0667-2024/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2024-06-14

Declarar INADMISIBLE la solicitud de TRANSFERENCIA INTERESTATAL, presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA, representado por su Secretaria General Yvonne A. López Villagaray, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Resolución N° 0666-2024/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2024-06-17

APROBAR la PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO POR LEYES ESPECIALES EN EL MARCO DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY N.° 30556, respecto del área de 6 000,94 m², colindante por en Norte con el río Matagente, a la altura del puente río Matagente - Carretera Panamericana Sur, distrito de Chincha Baja, provincia de Chincha y departamento de Ica, a favor de la AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA con la finalidad de destinarlo a la ejecución del proyecto denominado “Ampliación del servicio de protección frente a inundaciones en los tramos críticos de los ríos Chico y Matagente en los distritos de Alto Larán, Chincha Baja, El Carmen y Tambo de Mora – 4 distritos de la provincia de Chincha – departamento de Ica".

Resolución N° 0665-2024/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2024-06-14

- DISPONER la INDEPENDIZACIÓN, respecto del área de 2 160,96 m2, ubicada entre los distritos de Moche y Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, que forma parte del predio de mayor extensión inscrito a favor del Proyecto Especial Chavimochic en la partida registral N.° 11024291 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V – Sede Trujillo, con Cus N.° 192979, conforme a la documentación técnica brindada por el titular del proyecto. - APROBAR la TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES, EN MÉRITO AL TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY N.° 30556, del área descrita a favor de AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, requerido para la ejecución del proyecto denominado: “Creación del servicio de protección contra inundaciones en la quebrada de San Idelfonso, en los distritos de El Porvenir, Trujillo y Víctor Larco Herrera de la provincia de Trujillo – departamento de La Libertad”.

Resolución N° 0664-2024/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2024-06-14

DEJAR SIN EFECTO la Resolución N° 0699-2022/SBN-DGPE-SDAPE, que dispuso la PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO 1192, respecto del área de 3 066,87 m2 ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Declarar CONCLUIDO el procedimiento de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO 1192 solicitado por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, evaluado en el Expediente N° 1183-2021/SBNSDAPE.

Resolución N° 0663-2024/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2024-06-14

DEJAR SIN EFECTO la Resolución N° 0521-2023/SBN-DGPE-SDAPE, que dispuso la PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO 1192, respecto del área de 628,26 m2, ubicado en el distrito de Jamalca, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, a favor del PROVÍAS NACIONAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Declarar CONCLUIDO el procedimiento de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO 1192 solicitado por PROVÍAS NACIONAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto del área descrita en el artículo 1° de la presente resolución, evaluado en el Expediente N° 1065-2021/SBNSDAPE.

Resolución N° 0662-2024/SBN-DGPE-SDDI
Publicado el 2024-06-13

APROBAR la SUSPENSIÓN DEL PLAZO para el cumplimiento de lo previsto en el Artículos 1° de la Resolución n.º 0862-2023/SBN-DGPE-SDDI del 14 de septiembre de 2023, formulada por el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución, para el periodo comprendido desde el 11 de marzo de 2024 hasta el 11 de diciembre de 2024, el mismo que se reanudará el 12 de diciembre de 2024 por el periodo restante que culminará el 19 de mayo de 2025, plazo máximo en el cual deberá cumplir con la presentación del contrato de adjudicación o concesión, debidamente inscrito en la partida respectiva, caso contrario, el predio de 2 558,41 m², ubicado en el lote 2 de la manzana F’ del Asentamiento Humano “Noveno Sector - Oasis de Villa”, Grupo Residencial 3, Noveno Sector, del distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida registral n° P03162050 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral n° IX – Sede Lima, con CUS n° 28124, se revertirá a favor del Estado, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 121° del Reglamento de la Ley n.º 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, aprobado por el Decreto Supremo n.º 008-2021-VIVIENDA. MODIFICAR el Artículo 2° de la Resolución n.º 0862-2023/SBN-DGPE-SDDI del 14 de septiembre de 2023, por cuanto el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, deberá destinar “el predio” transferido mediante Resolución n.° 299-2015/SBN-DGPE-SDDI del 22 de abril de 2015 a la ejecución del “Proyecto Urbano Integral Oasis de Villa”, en el plazo máximo de cinco (5) años contados a partir de 19 de mayo de 2025 hasta el 19 de mayo de 2030, caso contrario, se revertirá a favor del Estado, de conformidad con la parte considerativa de la presente resolución.