Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0885-2017/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2017-12-14
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales del predio de 1 662,10 m², ubicado en el lote 4, manzana G2, Centro Poblado San Lorenzo del distrito de San Lorenzo, provincia de Jauja, departamento de Junín, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P16056280 del Registro de Predios de Huancayo, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor del Ministerio de Salud.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por la Policía Nacional del Perú, respecto del área de 10 398,60 m², ubicado en la parcela 06 de la manzana I, parcelación semi rústica La Capitana, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de afectación en uso, presentado por la Municipalidad Distrital de La Perla, respecto del predio de 2 033,60 m², ubicado en los lotes 5,6,8,9 y 10, manzana 22, Urbanización La Perla, distrito La Perla, Provincia Constitucional del Callao, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de cesión en uso, presentada por el Asociación AA.HH. Hijos de Constructores Sector 1 La Molina, respecto del predio de 15 614,67 m², ubicado en el Lote 1, 2 y 3 colindante al Asentamiento Humano Hijos de Constructores, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales del predio de 2 616,69 m², ubicado en el lote 1A, manzana C, Pueblo Joven Miraflores, Primera Zona, distrito de Chimbote, provincia de Santa y departamento de Ancash, inscrito en la Partida Registral N° P09008537 del Registro de Predios de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de reasignación de la administración presentada por la Municipalidad Distrital de Carabayllo respecto del predio de 1 646,76 m², ubicado Lote 1, Manzana L3, Pueblo Joven “El Progreso”, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales del predio de 966,84 m², ubicado en el lote 18 manzana M, Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda N° I José Carlos Mariategui del distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P08014242 del Registro de Predios de Ilo, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor de la Municipalidad Provincial de Ilo.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales del predio de 7 745,00 m², ubicado en el lote 2, manzana T1, Asentamiento Humano Mariscal Nieto del distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P08012177 del Registro de Predios de Moquegua, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor del Ministerio de Educación – Moquegua.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales del predio de 3 335,32 m², ubicado en el lote 1, manzana N-1, Pueblo Joven San Francisco del distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, el mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº P08004904 del Registro de Predios de Moquegua, manteniéndose vigente la afectación en uso a favor de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Vivienda y Construcción Moquegua.
Modificar el artículo 3º de la parte resolutiva de la Resolución Nº 369-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 30 de mayo de 2017, la cual quedará redactada en los siguientes términos:
(…)
La Zona Registral N° XIII-Sede Tacna, Oficina Registral del Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, inscribirá lo dispuesto en los artículo 1º y 2º por el mérito de la presente Resolución.