Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0975-2017/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2017-12-29
Modificar el cuarto considerando, el artículo 1º y artículo 2º de la Resolución Nº 0596-2017/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de setiembre de 2017, en los términos siguientes:
(…)
Que, mediante Oficio N° 090-2017-MDE, de fecha 03 de febrero de 2017 (folios 10 y 11), el Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Esperanza (en adelante el “administrado”), solicitó la transferencia del predio de 21 193,40 m² inscrito en la Partida Nº 14012433 del Registro de Predios de la Zona Registral N° V – Sede Trujillo, cabe mencionar que la Partida correcta es P14012433; no obstante mediante Oficio Nº 0424-2017-MDE, de fecha 05 de junio de 2017 (folios 68 y 69) modificó su petitorio solicitando la reasignación de la administración del citado predio con la finalidad de destinarlo al proyecto denominado “Creación del Mercado Minorista de Abastos en el Lote 01, Mz. 28, Barrio 03 del Sector Jerusalén, Distrito de La Esperanza – Trujillo – La Libertad”, para lo cual adjuntó documentos técnicos tales como: memoria descriptiva (folio 111), plano de ubicación y localización (folio 114), de los mismos que se advirtieron un área de 15 895,08 m²; es decir el área consignada en los documentos técnicos remitidos difieren del área solicitada (21 193,40 m²).
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de reasignación de la administración presentada por el Gobierno Regional de Ucayali, respecto del predio de 13 000,00 m², ubicado en el lote 01, manzana 22, Sector Roca Fuerte del Asentamiento Humano denominado “Proyecto Integral la Paz”, distrito de Manantay, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Cesión en Uso, presentado por el Obispado del Callao, respecto del área de 13 435,36 m² que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado a la altura del Km 37.500 de la Carretera Panamericana Norte, distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de afectación en uso, presentada por el señor William Alfredo Meza Zapata, respecto del predio de 108,40 m², ubicado en el lote 15, manzana B, Parcela 1, Asentamiento Humano Nuevo Amanecer, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de reasignación de la administración presentada por el Gobierno Regional de Arequipa – Gerencia Regional de Salud respecto del predio de 1 011,60 m², ubicado en el Sub Lote A, Manzana C, Urbanización San Martín de Socabaya, distrito de Socabaya, Provincia y Departamento Arequipa, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Otorgar la afectación en uso, a favor del Ministerio Público-Fiscalía de la Nación, el predio de 1 439,23 m², ubicado en la urbanización Residencial Villa Marina, esquina de la Calle San Rodolfo y calle San Felipe, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral 11509001 del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, por un plazo indeterminado, con la finalidad que sea destinado al proyecto denominado “Modernización de áreas Fiscales y Administrativas de la Sede Villa Marina del Distrito Fiscal de Lima Sur”.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de afectación en uso, presentada por la Municipalidad Provincial de Cañete, respecto del predio de 4 442,773 m², ubicado en el Sector La Esmeralda, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete y departamento de Lima, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 083 359,66 m², ubicado a 13 kilómetros al Noroeste del Pueblo tradicional de Torata, entre los distritos de Moquegua y Torata, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva; que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 661,04 m², ubicado en la zona Oeste de la jurisdicción del distrito de Paita, a 800 metros al Noreste del centro poblado Yacila, entre playa Grande y punta Las Gaviotas, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 6 060,98 m², ubicado a 7,17 km al Noroeste del centro poblado San Felipe de Vichayal, a 6,7 km al Oeste de la Ruta N° PI-101 Dv. Negritos A (Dv. Sullana) del distrito de Vichayal, provincia de Paita, departamento de Piura, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.