Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0779-2019/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2019-08-26
ASUMIR LA TITULARIDAD de dominio a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 1 130,35 m2, ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° 14007084 el cual se originó de la independizaron de la partida matriz n.° 49026721 del Registro de Predios de Lima.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por HIDRANDINA S.A., representada por su apoderado, el señor Luis Arana Vásquez, contra la Resolución n.° 0009-2019/SBN-DGPE-SDAPE del 23 de enero de 2019, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 700,87 m², ubicado en el lote 1, manzana F’, Asentamiento Humano Los Laureles – Primera Etapa, distrito El Porvenir, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad, inscrito en la partida n.º P14016336 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Trujillo de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, por los fundamentos expuestos en la
presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de AFECTACIÓN EN USO presentada por Carlos Antonio Romero Rivera, presidente del Consejo Nacional Penitenciarlo del INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO - INPE, en virtud a los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES Y MAYORISTAS DEL MERCADO ANDRÉS AVELINO CÁCERES DORREGARAY - REGIÓN AYACUCHO, representado por el presidente Placido Hinostroza Cuadros; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO, representada por su Alcalde ABRAHAM ALEJANDRO CÁRDENAS ROMERO, mediante el cual solicita la PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cesión en uso presentada por la PARROQUIA DIVINO NIÑO representado por su representante legal Jean Pierre Teullet Márquez, en virtud a los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por la empresa PLÁSTICOS INTI S.A, representada por su Gerente General KAREN EDITH PEDROZA SANDOVAL, mediante la cual solicita el ARRENDAMIENTO DIRECTO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 264,10 m2, ubicado en el lote 4, mz A del Asentamiento Humano Nuevo Progreso, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, inscrito en la partida n.° P09080108 del Registro de Predios de la Zona Registral n.° Vil - Sede Huaraz, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 400,00 m2, ubicado en el lote PM, Asentamiento Humano Flor de Amancaes, distrito de Rímac, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral P02063032 del Registros de Predios de Lima de la Zona Registral N° IX- Sede Lima, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.