Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 0214-2019/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2019-04-12
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas del área de 250,2463 hectáreas ubicado en el distrito de San Bartolo, provincia y departamento de Lima; requerida por la empresa SOCIEDAD MINERA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA BANGKOK S.A. por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
INFUNDADO el recurso de reconsideración, interpuesto por la empresa MARCOBRE S.A.C., contra la Resolución n.° 0052-2019/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 13 de febrero de 2019, emitida por la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Disponer la EXTINCIÓN DEL ARRENDAMIENTO aprobado mediante la Resolución n.° 0466-2017/SBN-DGPE-SDAPE, conforme a las razones expuestas en la presente Resolución.
Aprobar la REASIGNACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN del predio de 3, 881.20 m², ubicado en el lote 04, manzana "C" del centro poblado "Pomabamba", distrito y provincia de Pomabamba y departamento de Áncash, inscrito en la partida n.° P37024577 del Registro de Predios de la Oficina Registral Huaraz, Zona Registral n.° VII – Sede de Huaraz, a favor del PROGRAMA NACIONAL DE INVERSIONES EN SALUD – PRONIS por un plazo determinado de cuatro (4) años, con la finalidad de destinarlo a la implementación del Plan de Contingencia del proyecto "Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Salud del Hospital de Apoyo de Pomabamba Antonio Caldas Domínguez, distrito y provincia de Pomabamba, departamento de Áncash" y no desabastecer los servicios de salud del Hospital de Pomabamba.
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 28 088 748,97 m², ubicado al margen izquierdo del río Cañete, a la altura del km 164 de la carretera Panamericana Sur, a medio kilómetro de las Lomas Lunahuaná en dirección suroeste y al oeste del cerro Hueco, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 1 454 786,63 m², ubicado al margen izquierdo del río Cañete, a la altura del kilómetro 20 de la carretera Cañete – Yauyos, a dos kilómetros del centro poblado La Encañada del Porvenir en dirección sureste, asímismo, a tres kilómetros del cerro Cabecera de Palo en dirección noreste, distritos de Lunahuaná y San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer LA PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 7 469 319,86 m², ubicado al sur del río Huaura y a 1,4 km suroeste del centro poblado Manco Capac (El Carmen) y entre el cerro San Juan y cerro Quispe, distritos de Sayán y Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 2 501 205,73 m², ubicado a 6 kilómetros al sur del kilómetro 27,50 de la carretera Huaura – Sayán, al sureste del centro poblado Huacán, distritos de Sayán y Santa Maria, provincia de Huaura y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 80,50 m², ubicado en el lote 6, manzana M, Asentamiento Humano Cerro Cruz de Santa Elena II Etapa, del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° P02163600 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima de la Zona Registral n.° IX - Sede Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Modificar el artículo 1° de la Resolución n.° 622-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 30 de julio de 2015, en los términos siguientes:
“Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 121 811,80 m² ubicado a la altura del km. 5.3 de la Av. Circunvalación, 300 metros al norte de la intersección con la Av. 1 de la Asociación de Vivienda Cristo Blanco, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.”