Subdirección de Administración del patrimonio estatal - SBN
Resolución N° 1270-2019/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2019-11-21
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del predio de 2 430 629,99 m² ubicado al Suroeste del cerro Paracachi, al Este del cerro San Elenchoque y al Noroeste del cerro Chilliulaca, distrito de Carumas, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del predio de 7 155 211,35 m² ubicado al Sur del cerro Achucallani y de la Comunidad Campesina Cambrune y Norte del pueblo Piedra Grande, acceso entre los Km. 83+000 y 86+270 margen derecha de la carretera Interoceánica Sur (PE-34A), distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Rectificar el error material contenido en la parte introductoria y en los artículos nos. 1º, 2º y 3º que corresponden a la parte resolutiva de la Resolución n.º 093-2013/SBN-DGPE-SDAPE del 02 de julio del 2013, en los términos siguientes:
"Visto el Expediente n. º 097-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de inscripción de dominio e independización del predio denominado Parcela 1 de 306 282,54 m2, a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, ubicado en el distrito de Chaupimarca, de la provincia y departamento de Paseo.
Articulo 1°.- Disponer la Asunción de Titularidad a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales del predio denominado Parcela 1 de 306 282,54 m2 que forma parte del predio de mayor extensión inscrito en la Ficha n. º 9490, ubicado en el distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Paseo, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.
Articulo 2°.- Independizar a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales el predio denominado Parcela 1 descrito en el artículo 1 º de la presente Resolución.
Artículo 3º.- La Zona Registra/ n. º VIII - Sede Huancayo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución inscribirá en el Registro de Predios de Paseo, la titularidad y posterior independización a favor del Estado representado por Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, dispuesta en los artículos precedentes."
Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por el MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO, representado por el Director General de la Oficina General de Administración, Javier Erasmo Carmelo Ramos, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 265 811,65 m², ubicado al Oeste de la Comunidad Campesina Sijuaya y el rio Tambo, entre los cerros Yumilaca y Chutirana del distrito de Matalaque, provincia General Sanchez Cerro y departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 20 530 841,31 m², ubicado al noroeste del centro poblado la Capilla entre los cerros Viejo, Seche, Ollavacas, Grande y Sahuanay, distrito de la Capilla, provincia de General Sanchez Cerro, departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por MARIO VELA CARRIÓN, mediante el cual solicita la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
APROBAR LA CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE DE PASO Y TRÁNSITO a perpetuidad a favor de la empresa Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS GRAU S.A, respecto al área de 938,42 m2, ubicada en el distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, inscrito a favor del Estado en la partida n. º 04016466 del Registro de Predios de Piura, con la finalidad de destinarlo para la "Ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y alcantarillado en los Asentamientos Humanos de los distritos de Piura y Castilla, Código SNIP N.0 319830", según el plano perimétrico y la memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE presentada por el INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE, representado por Mariela Esther Alvarez Muñoz, en su calidad de Jefa de la Oficina General de Administración, en virtud a los argumentos expuestos en la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por CRISTINA DEL ROSARIO DELGADO PAUCA por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.